Miyagi0815
18.10.2016 10:08:47
- #1
¿Todavía viven ustedes de alquiler?
Porque si es así, entonces preferiría poner una fecha posterior (por ejemplo, el 01.09.17 o el 01.10.17 que mencionaste) en el contrato, así tanto ustedes como el vendedor tienen seguridad para planificar. ¿De qué les sirve una fecha anterior (por ejemplo, el 01.07.17) si no pueden entrar, pero han acordado con él un pago de indemnización por retraso? Entonces igualmente tendrían que salir de su antiguo apartamento y tendrían todo el estrés encima (guardar muebles, hotel, no sé qué) por unos pocos euros.
¿Qué son ya 2 meses para una casa propia, si la quieres tener al 100%? Mera concesión financiera del vendedor o no. A mí me daría igual.
Porque si es así, entonces preferiría poner una fecha posterior (por ejemplo, el 01.09.17 o el 01.10.17 que mencionaste) en el contrato, así tanto ustedes como el vendedor tienen seguridad para planificar. ¿De qué les sirve una fecha anterior (por ejemplo, el 01.07.17) si no pueden entrar, pero han acordado con él un pago de indemnización por retraso? Entonces igualmente tendrían que salir de su antiguo apartamento y tendrían todo el estrés encima (guardar muebles, hotel, no sé qué) por unos pocos euros.
¿Qué son ya 2 meses para una casa propia, si la quieres tener al 100%? Mera concesión financiera del vendedor o no. A mí me daría igual.