bewobau
06.08.2025 20:24:01
- #1
Hola a todos,
actualmente estamos planificando la construcción de una casa unifamiliar en una zona de nueva urbanización en Baden-Württemberg. El plan de desarrollo es muy detallado y lo cumplimos en todos los puntos, incluyendo las áreas de separación, la forma del techo, alturas del alero y cumbrera, etc. Por lo tanto, no se requieren desviaciones, exenciones ni permisos especiales.
Ahora nos encontramos ante la decisión de qué procedimiento elegir para la presentación:
Responsabilidad y obligación:
Como construiremos con un contratista general, asumimos que la responsabilidad por el cumplimiento de todas las normativas de construcción recae principalmente en la empresa constructora —incluso en caso de procedimiento de comunicación de conocimiento o ficción de aprobación. Nuestra interpretación es que la empresa podría hacerse responsable si algo no se ejecuta correctamente.
Sin embargo, nos planteamos la siguiente pregunta:
¿Qué procedimiento recomendaríais en esta situación?
¿Existen desde vuestra perspectiva ventajas claras del procedimiento clásico, aunque tarde más? ¿O es igualmente defendible en nuestro caso el procedimiento de comunicación de conocimiento si el contratista general asume la responsabilidad?
¡Muchas gracias por vuestras valoraciones y experiencias!
actualmente estamos planificando la construcción de una casa unifamiliar en una zona de nueva urbanización en Baden-Württemberg. El plan de desarrollo es muy detallado y lo cumplimos en todos los puntos, incluyendo las áreas de separación, la forma del techo, alturas del alero y cumbrera, etc. Por lo tanto, no se requieren desviaciones, exenciones ni permisos especiales.
Ahora nos encontramos ante la decisión de qué procedimiento elegir para la presentación:
[*]Procedimiento simplificado de autorización (solicitud de construcción clásica): Legalmente el más seguro, pero en nuestra región está asociado a tiempos de tramitación extremadamente largos, en ocasiones hasta un año.
[*]Ficción de aprobación (§ 54 del Código de Construcción estatal): Si no hay respuesta en un plazo de tres meses, se considera que la construcción está aprobada. Ventaja: mayor seguridad en la planificación y rapidez. Desventaja: no hay una revisión de contenido por parte de la autoridad, lo que conlleva riesgos legales.
[*]Procedimiento de comunicación de conocimiento: Podría aplicarse en principio, ya que se cumplen todas las disposiciones. Sin embargo, aquí —al igual que en la ficción de aprobación— la seguridad jurídica está limitada. En caso de posibles infracciones, el promotor asume toda la responsabilidad, ya que no ha habido una revisión oficial.
Responsabilidad y obligación:
Como construiremos con un contratista general, asumimos que la responsabilidad por el cumplimiento de todas las normativas de construcción recae principalmente en la empresa constructora —incluso en caso de procedimiento de comunicación de conocimiento o ficción de aprobación. Nuestra interpretación es que la empresa podría hacerse responsable si algo no se ejecuta correctamente.
Sin embargo, nos planteamos la siguiente pregunta:
¿Qué procedimiento recomendaríais en esta situación?
¿Existen desde vuestra perspectiva ventajas claras del procedimiento clásico, aunque tarde más? ¿O es igualmente defendible en nuestro caso el procedimiento de comunicación de conocimiento si el contratista general asume la responsabilidad?
¡Muchas gracias por vuestras valoraciones y experiencias!