Pinkiponk
20.08.2020 08:56:51
- #1
¿Has hablado alguna vez con el alcalde del pueblo? La mayoría suelen alegrarse por nuevos votantes y miembros de la comunidad.
Para mí no suena tan desesperado, después de haber encontrado lo siguiente:
"La construcción inicial de un edificio residencial en el entorno rural solo está excepcionalmente permitida si el edificio no afecta los llamados intereses públicos y el terreno del proyecto está urbanizado, es decir, existen suministros y conexión a la red vial pública."
"Un plan de ordenación territorial no cambia la categoría en el derecho urbanístico. Esto se debe a que solo tiene relevancia interna para las autoridades. No se derivan derechos legales para terceros del plan de ordenación territorial. Sin embargo, debe tenerse en cuenta, y esto debería ser de interés para sus futuras consideraciones, que un plan de ordenación territorial es un plan urbanístico preparatorio del municipio, que de manera general refleja las intenciones de uso para esta parte del territorio municipal. Eso significa que presenta en términos generales el tipo de uso del suelo resultante del desarrollo urbanístico previsto por el municipio según las necesidades previsibles de este. Sobre esta base se debe desarrollar el plan urbanístico vinculante - el plan de desarrollo urbano. Lo mismo aplicaría para un plan de desarrollo urbano específico para un proyecto.
Con este trasfondo, debería en todo caso buscar primero el diálogo con el municipio."
Para mí no suena tan desesperado, después de haber encontrado lo siguiente:
"La construcción inicial de un edificio residencial en el entorno rural solo está excepcionalmente permitida si el edificio no afecta los llamados intereses públicos y el terreno del proyecto está urbanizado, es decir, existen suministros y conexión a la red vial pública."
"Un plan de ordenación territorial no cambia la categoría en el derecho urbanístico. Esto se debe a que solo tiene relevancia interna para las autoridades. No se derivan derechos legales para terceros del plan de ordenación territorial. Sin embargo, debe tenerse en cuenta, y esto debería ser de interés para sus futuras consideraciones, que un plan de ordenación territorial es un plan urbanístico preparatorio del municipio, que de manera general refleja las intenciones de uso para esta parte del territorio municipal. Eso significa que presenta en términos generales el tipo de uso del suelo resultante del desarrollo urbanístico previsto por el municipio según las necesidades previsibles de este. Sobre esta base se debe desarrollar el plan urbanístico vinculante - el plan de desarrollo urbano. Lo mismo aplicaría para un plan de desarrollo urbano específico para un proyecto.
Con este trasfondo, debería en todo caso buscar primero el diálogo con el municipio."