Solicitud de construcción para un terreno urbanizado en el área exterior

  • Erstellt am 18.08.2020 16:46:13

Pinkiponk

20.08.2020 08:56:51
  • #1
¿Has hablado alguna vez con el alcalde del pueblo? La mayoría suelen alegrarse por nuevos votantes y miembros de la comunidad.

Para mí no suena tan desesperado, después de haber encontrado lo siguiente:

"La construcción inicial de un edificio residencial en el entorno rural solo está excepcionalmente permitida si el edificio no afecta los llamados intereses públicos y el terreno del proyecto está urbanizado, es decir, existen suministros y conexión a la red vial pública."

"Un plan de ordenación territorial no cambia la categoría en el derecho urbanístico. Esto se debe a que solo tiene relevancia interna para las autoridades. No se derivan derechos legales para terceros del plan de ordenación territorial. Sin embargo, debe tenerse en cuenta, y esto debería ser de interés para sus futuras consideraciones, que un plan de ordenación territorial es un plan urbanístico preparatorio del municipio, que de manera general refleja las intenciones de uso para esta parte del territorio municipal. Eso significa que presenta en términos generales el tipo de uso del suelo resultante del desarrollo urbanístico previsto por el municipio según las necesidades previsibles de este. Sobre esta base se debe desarrollar el plan urbanístico vinculante - el plan de desarrollo urbano. Lo mismo aplicaría para un plan de desarrollo urbano específico para un proyecto.

Con este trasfondo, debería en todo caso buscar primero el diálogo con el municipio."
 

nordanney

20.08.2020 09:10:05
  • #2

En primer lugar, son posibles las siguientes construcciones:
(1) En el área exterior, un proyecto solo está permitido si no se oponen intereses públicos, si está garantizada una adecuada conexión y si
1. sirve a una explotación agrícola o forestal y ocupa solo una parte subordinada del área de la explotación,
2. sirve a una empresa de producción hortícola,
3. sirve al suministro público de electricidad, gas, servicios de telecomunicaciones, calor y agua, a la gestión de aguas residuales o a una empresa comercial fija en el lugar,
4. por sus requisitos especiales para el entorno, debido a su impacto negativo en el entorno o por su especial destino, solo debe ejecutarse en el área exterior, a menos que se trate de la construcción, modificación o ampliación de una instalación para la cría de animales que no esté cubierta por el ámbito de aplicación del punto 1 y que esté sujeta a la obligación de realizar una evaluación previa específica del lugar, una evaluación previa general o una evaluación de impacto ambiental según la ley de evaluación de impacto ambiental, teniendo en cuenta, en proyectos acumulativos, para la suposición de una relación estrecha, las instalaciones para la cría de animales que se encuentren en el mismo terreno de la explotación o construcción y que estén conectadas mediante instalaciones operativas o constructivas comunes,
5. sirva para la investigación, desarrollo o aprovechamiento de la energía eólica o hidráulica,
6. sirva para el uso energético de biomasa en el marco de una explotación según los puntos 1 o 2 o de una explotación según el punto 4 que se dedique a la cría de animales, así como para la conexión de tales instalaciones a la red pública de suministro, bajo las siguientes condiciones:
a) el proyecto está en una relación espacial-funcional con la explotación,
b) la biomasa proviene principalmente de la explotación o principalmente de ésta y de explotaciones cercanas según los puntos 1, 2 o 4, siempre que esta última se dedique a la cría de animales,
c) solo se opere una instalación por finca o lugar de explotación y
d) la capacidad de una instalación para la producción de biogás no supere los 2,3 millones de metros cúbicos normales de biogás por año, la potencia calorífica de combustión de otras instalaciones no supere los 2,0 megavatios,
7. sirva para la investigación, desarrollo o uso de la energía nuclear para fines pacíficos o para la eliminación de residuos radiactivos, excepto la construcción de nuevas instalaciones para la fisión de combustibles nucleares para la producción comercial de electricidad, o
8. sirva para el uso de la energía solar radiante en, sobre y en las fachadas y cubiertas de edificios utilizados conforme a derecho, siempre que la instalación sea subordinada arquitectónicamente al edificio.


Además aplica:
Se considera especialmente una afectación a los intereses públicos si el proyecto
1. contradice las representaciones del plan de uso del suelo,



Sobre eso se puede construir. El único problema es que, si es que el municipio tiene interés en absoluto y decide destinar recursos para un solo proyecto de construcción, entonces eso significa que el TE podría comenzar a construir aproximadamente en 2023. Antes de eso, el plan de desarrollo no estará aprobado, ya que de otro modo no interesa a nadie. Al menos yo nunca he oído que para una sola vivienda se haya desarrollado un plan de desarrollo.
 

Grillhendl

20.08.2020 11:08:19
  • #3
¿Para qué se necesita un plan de desarrollo para cada casa individual? Aquí en aquel entonces la directriz era "adaptarse típicamente a la región y al entorno".

Una modificación del plan de uso del suelo tarda, porque se deben realizar diversos informes, luego esto se expone públicamente, después se involucran otros municipios cercanos, etc.

En nuestra ciudad se hace algo así aproximadamente cada 5-10 años y entonces TODOS pueden pasar y presentar su solicitud. Tuve la suerte de que justo estaba en trámite la modificación y pude "colarme" con mi propiedad DESPUÉS del plazo de solicitud. Y aunque fue aprobada por todas las autoridades y también se publicó en los avisos oficiales, creo que la modificación hasta hoy no ha sido aprobada. La oficina del distrito me dijo entonces que sería más fácil para mí construir con un permiso especial. Y ahora mismo no sé si mi propiedad sigue siendo zona periférica o si ya he sido "incorporado" regularmente...
 

11ant

20.08.2020 11:22:18
  • #4
De todas formas, me parece bien que no se tenga que dejar un campo o un terreno forestal simplemente en barbecho y que ya venga alguien con un sello que diga "ahora puedes construir tu casa aquí". La rotación de cultivos renana, solo mencionada de paso en una oración nocturna, pertenece a la categoría de sueño imposible y debería permanecer ahí en un estado de derecho.
 

Kit.Traverse

23.08.2020 15:53:50
  • #5
Hola,
también vamos a construir en el área exterior. Simplemente ponte en contacto con el alcalde.
 

nordanney

23.08.2020 15:57:03
  • #6
Pero entonces seguramente no habéis construido en zonas rurales. De lo contrario, cualquiera podría comprar un campo de patatas por 2,5€/m² y construir su casa allí. Construir de forma típica regional, como en el pueblo vecino que está a un kilómetro, no es un problema en absoluto. Seguro que te refieres a una zona 34 dentro de una localidad. Ahí también se puede sin plan de urbanismo, si uno se orienta por la construcción del entorno.
 

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