BananaJoe
21.09.2021 16:10:22
- #1
Primero gracias por todas las respuestas.
Aunque muchas de ellas no se centran en la pregunta principal, quién debe pagar una medida adicional de seguridad si esa es necesaria, intentaré responder de todos modos.
No quería ni quiero discutir si es sensato poner un antepecho u otra cosa en esa ventana. Soy consciente de que no existe una seguridad del 100%. Pero esa no es mi cuestión, sino quién debe pagar una medida adicional si esta es obligatoria por normativa de construcción.
Esto no tiene nada que ver con emociones. Solo quiero que, si (cosa que no espero) algún niño del vecino cae de esta ventana, no sea yo el perjudicado por no haber asegurado bien la ventana.
No, lo relevante para la normativa de construcción son las ayudas para subir que estén fijas bajo la ventana (ver ejemplos del ministerio en el post inicial), no los muebles.
Aquí no se trata de una prestación adicional que yo quiera, sino de quién soporta los costes de corregir un defecto. Porque si el departamento de construcción dice que el antepecho es demasiado bajo debido a la bañera, eso es un defecto. Y antes de la aceptación, desde mi punto de vista, el contratista general debe pagarlo para entregarme una vivienda sin defectos.
¡Exacto! Si en la planificación hubiéramos sabido que esta llevaría a tener que poner una rejilla, un cristal o algo más delante de la ventana o que solo se podría abrir en modo oscilo, hubiéramos planificado de otra manera.
En cuanto a calidad de planificación, te doy la razón. Legalmente para mí no hay diferencia; puedo esperar de un contratista general y de un arquitecto una casa que cumpla con las normativas legales, ¿no es así?
No quiero una nueva planificación, es totalmente desproporcionado en la fase actual de construcción. Solo quiero que, si según la autoridad de construcción es obligatorio poner un antepecho o dispositivo, lo haga y pague el contratista general.
La otra ventana es, desgraciadamente, solo oscilo. Tenemos una ventilación mecánica central controlada, pero también hay una sauna en el baño (disculpa, debería haberlo dicho antes), y quiero poder abrir totalmente al menos una ventana. El contratista general ya sabía de la sauna en la planificación.
¿Qué soluciones económicas hay aparte de un antepecho para poder seguir abriendo completamente la ventana?
Como he dicho, no es el tema de este hilo, pero nuestra niña de 3 años lo consigue sin problemas. Y las niñas de 3 años a veces son bastante testarudas. Además, la posición de la ventana es favorable para los pequeños traviesos porque pueden ponerse en el alféizar al lado, por lo que no se estorban a sí mismos al abrirla.
Exacto, ese es el problema: el alféizar no está solo debajo de la ventana, sino también a la derecha, lo que facilita abrir la ventana desde mi punto de vista.
No creo que preguntar a la autoridad retrase la aceptación. Ese punto se incluirá como defecto en el protocolo de aceptación y listo. Si luego la autoridad da su visto bueno, se cierra el caso; si no, hay que hacer algo. La autoridad no debe decirme quién paga, sino si es necesaria una medida adicional de seguridad...
La cerradura con llave ya la tengo (por supuesto no estándar, sino que la planificamos y pagamos nosotros). Me gustaría negociar con el contratista general, pero si él dice que no ve necesidad de actuar porque el tirador con llave es suficiente, es difícil. Por eso la idea de que alguien más que mi perito (la autoridad de construcción) diga que el tirador con llave no es suficiente.
¿Se puede hacer todavía en este estado? Las ventanas están instaladas, las paredes enyesadas, el suelo en proceso de secado. Claro que se podría haber hecho antes de instalar las ventanas si nos hubiéramos dado cuenta antes, pero el tren ya pasó.
Aunque muchas de ellas no se centran en la pregunta principal, quién debe pagar una medida adicional de seguridad si esa es necesaria, intentaré responder de todos modos.
¿Cómo aseguras la habitación de los niños? Qué rápido se puede empujar un taburete, mesita, caja de juegos, etc. delante.
Que tus hijos no estarán ni un poco más seguros, aunque pongas una barrera o cumplas todas las normas legales de construcción.
Si los accidentes ocurriesen justo donde los tememos, sería fácil. Ni siquiera usaría un tirador con llave.
Aparte del miedo, que en mi opinión es exagerado, los niños en algún momento también crecen.
Aparte de la pregunta principal, creo que te preocupas por “razones equivocadas” o desde la perspectiva incorrecta.
Como leí en el post inicial, te preocupas desde que tú (o tu perito) leyeron la directiva sobre la supuesta protección de los niños. Sin conocer la directiva, encontrabas la bañera delante de la ventana con ese antepecho aceptable.
En mi opinión estás exagerando un poco. Creo que la probabilidad de que pase algo aquí es muy baja.
No quería ni quiero discutir si es sensato poner un antepecho u otra cosa en esa ventana. Soy consciente de que no existe una seguridad del 100%. Pero esa no es mi cuestión, sino quién debe pagar una medida adicional si esta es obligatoria por normativa de construcción.
No es una solución especialmente pragmática, aunque tus emociones en un primer momento lo demanden.
Esto no tiene nada que ver con emociones. Solo quiero que, si (cosa que no espero) algún niño del vecino cae de esta ventana, no sea yo el perjudicado por no haber asegurado bien la ventana.
Entonces no se podrían poner en ninguna habitación pequeñas mesas, sillas o taburetes donde la ventana pueda abrirse completamente.
No, lo relevante para la normativa de construcción son las ayudas para subir que estén fijas bajo la ventana (ver ejemplos del ministerio en el post inicial), no los muebles.
De otro modo, para un contrato global (“contrato de precio fijo”, sin clasificación más detallada) una prestación modificada sigue requiriendo una remuneración adicional. La instalación de un antepecho es una prestación modificada clásica y por lo tanto debe pagarse adicionalmente.
Aquí no se trata de una prestación adicional que yo quiera, sino de quién soporta los costes de corregir un defecto. Porque si el departamento de construcción dice que el antepecho es demasiado bajo debido a la bañera, eso es un defecto. Y antes de la aceptación, desde mi punto de vista, el contratista general debe pagarlo para entregarme una vivienda sin defectos.
Lo que podría ser discutible es si, si hubiérais sabido antes, hubiérais escogido una solución diferente que a estas alturas de la obra ya no es posible y solo por este estado de construcción elegís un antepecho que en realidad no cumple vuestras expectativas.
¡Exacto! Si en la planificación hubiéramos sabido que esta llevaría a tener que poner una rejilla, un cristal o algo más delante de la ventana o que solo se podría abrir en modo oscilo, hubiéramos planificado de otra manera.
Por favor, no olvidemos el dicho “a caballo regalado no se le mira el diente” y no pidamos a una planificación del contratista general tipo “Zeichenknecht” las mismas exigencias que un paciente privado en tratamiento con jefe de médicos en habitación individual según HOAI.
En cuanto a calidad de planificación, te doy la razón. Legalmente para mí no hay diferencia; puedo esperar de un contratista general y de un arquitecto una casa que cumpla con las normativas legales, ¿no es así?
Despídete de la ilusión de que el chaval te de una nueva planificación gratuita como última instancia, ahí estoy con @Jann St.
No quiero una nueva planificación, es totalmente desproporcionado en la fase actual de construcción. Solo quiero que, si según la autoridad de construcción es obligatorio poner un antepecho o dispositivo, lo haga y pague el contratista general.
Haz que la ventana solo se pueda abrir en modo oscilo.
Además tienes otra ventana en la habitación. ¿Para qué tanto miedo? Hay muchas soluciones en el rango de 50-100€...
@TE ¿no tienen ventilación mecánica?
La otra ventana es, desgraciadamente, solo oscilo. Tenemos una ventilación mecánica central controlada, pero también hay una sauna en el baño (disculpa, debería haberlo dicho antes), y quiero poder abrir totalmente al menos una ventana. El contratista general ya sabía de la sauna en la planificación.
¿Qué soluciones económicas hay aparte de un antepecho para poder seguir abriendo completamente la ventana?
Si el niño tiene la edad para subirse a la bañera y la fuerza para abrir la ventana desde una posición desfavorable, debería también ser lo suficientemente inteligente para que se pueda hablar con él de antemano. Igual que se le dice que no suba a la silla para abrir la ventana.
Como he dicho, no es el tema de este hilo, pero nuestra niña de 3 años lo consigue sin problemas. Y las niñas de 3 años a veces son bastante testarudas. Además, la posición de la ventana es favorable para los pequeños traviesos porque pueden ponerse en el alféizar al lado, por lo que no se estorban a sí mismos al abrirla.
La bañera no está delante de toda la ventana, solo sobresale unos 20-30 cm en la esquina. La ventana debería estar completamente abierta y entonces se podría subir al borde de la bañera.
Exacto, ese es el problema: el alféizar no está solo debajo de la ventana, sino también a la derecha, lo que facilita abrir la ventana desde mi punto de vista.
Sería un auto-gol si por eso se retrasa la aceptación y la mudanza. La autoridad no da recomendaciones sobre quién debe pagar.
No creo que preguntar a la autoridad retrase la aceptación. Ese punto se incluirá como defecto en el protocolo de aceptación y listo. Si luego la autoridad da su visto bueno, se cierra el caso; si no, hay que hacer algo. La autoridad no debe decirme quién paga, sino si es necesaria una medida adicional de seguridad...
Como no quieres la cerradura con llave, intentaría negociar con el contratista general.
La cerradura con llave ya la tengo (por supuesto no estándar, sino que la planificamos y pagamos nosotros). Me gustaría negociar con el contratista general, pero si él dice que no ve necesidad de actuar porque el tirador con llave es suficiente, es difícil. Por eso la idea de que alguien más que mi perito (la autoridad de construcción) diga que el tirador con llave no es suficiente.
Mi propuesta es cambiar la ventana de una hoja sencilla DK DIN izquierda a una hoja doble DK DIN derecha con parte inferior fija, es decir, un vidrio fijo de unos 20 cm abajo, para garantizar la altura anti-caídas hasta la hoja abierta. Antes de la instalación de la ventana, los costes adicionales de esta medida serían un ejemplo de una contribución adecuada del contratista general para un acuerdo amistoso.
¿Se puede hacer todavía en este estado? Las ventanas están instaladas, las paredes enyesadas, el suelo en proceso de secado. Claro que se podría haber hecho antes de instalar las ventanas si nos hubiéramos dado cuenta antes, pero el tren ya pasó.