YunSunAn
08.06.2024 17:15:25
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Solo para informar: las donaciones a los yernos nueras también están exentas del impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Si los padres lo desean es otra cuestión. Personalmente me parece mal si luego ambos asumen la financiación o el reembolso, pero solo uno es propietario.
Lo que se puede hacer en estos casos son anotaciones de retransferencia o cláusulas en el contrato de donación (para, en caso de duda, poder echar al yerno fácilmente en caso de divorcio o algo similar). No es que se necesite necesariamente algo así, pero es bueno saber que existen esas posibilidades.
Aquí discutiremos las opciones juntos para que sea justo para todos. Muchas gracias por los consejos.