ypg
25.02.2024 02:28:04
- #1
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Así es y no de otra manera. Y eso es independiente de cuánto haya pagado cada uno. La financiación es prácticamente independiente para las participaciones que figuran en el registro de la propiedad — teóricamente, la persona A puede pagar el inmueble, pero en el registro figuran 50/50 para la persona B y 50/50 para la persona C.
Si queréis que algo esté regulado en el registro de la propiedad, esto debe ser definido explícitamente frente al notario.
Personalmente, advierto contra ingresar a la ligera las proporciones de dinero allí. Eso no tiene ni pies ni cabeza en el conjunto.
No.
¿En el registro de la propiedad figura una participación de 15.000 € que pertenece al comprador A y una participación de 285.000 € que pertenece a la persona B?
¿O esto siempre se expresa en porcentajes?
Las participaciones de propiedad se expresan en fracciones. Por ejemplo, 1/10 o 5/100.
Así es y no de otra manera. Y eso es independiente de cuánto haya pagado cada uno. La financiación es prácticamente independiente para las participaciones que figuran en el registro de la propiedad — teóricamente, la persona A puede pagar el inmueble, pero en el registro figuran 50/50 para la persona B y 50/50 para la persona C.
Si queréis que algo esté regulado en el registro de la propiedad, esto debe ser definido explícitamente frente al notario.
Personalmente, advierto contra ingresar a la ligera las proporciones de dinero allí. Eso no tiene ni pies ni cabeza en el conjunto.
Ahora tiene sentido. Si el comprador A paga el 5 % del dinero y la persona B el 95 %, entonces en el contrato de compraventa también se especifica, por ejemplo, que la persona B adquiere el 95 % de la propiedad.
No.