Esta es la declaración estándar en GU/GÜ y probablemente también en promotores inmobiliarios, aunque no estoy convencido de que se trate de uno en este caso.
¿Compras la obra terminada junto con el terreno o es tu terreno, tus planos y una empresa de construcción lo edifica para ti (entonces GU sería el término correcto. Si has encargado al mismo empresario también la planificación, sería un GÜ y solo si también adquieres el terreno de él, sería un promotor)?
En mi caso fue similar, solo que colocamos las ventanas por nuestra cuenta y como ya estaban entregadas, querían quitarlas rápido.
Mi GÜ rechazó cualquier posible reclamación por daños si ya colocábamos las ventanas tras la membrana de protección. El tejador dijo que no se rompería nada porque siempre cortan las tejas alejándolas de la casa; solo se haría polvo.
De hecho no pasó nada y tuve un techo a cuatro aguas con cuatro aristas (mucho corte).
Que las ventanas no se fabriquen a medida es, por cierto, una tontería con salsa. Si planificas tu casa con materiales de ferretería quizá (entonces debes vigilar especialmente a los albañiles). Pero de otro modo los perfiles siempre se fabrican a medida, tampoco es problema, las máquinas lo pueden hacer todo.
Normalmente incluso en obra gruesa se toma la medida nuevamente. Nosotros no, por tiempo de entrega (ocho semanas). Podríamos haberlo hecho después y hubiera estado bien en una ventana también. Así tuvimos que cincelar bien los ladrillos en una apertura.
Entonces, si es un promotor, no tienes oportunidad, hará lo que quiera.
Si es GU/GÜ, eximele de daños en las ventanas por las tejas. Entonces quizás deje instalar las ventanas (si ya están listas) tras la membrana y entonces los oficios de interior podrían comenzar.