lo de la cámara de artesanía fue mi propuesta, que el promotor rechazó. Tampoco se concede acceso al peritaje y después de la reparación no habrá peritaje para mí. El mensaje unilateral del promotor es: sus techadores, sus peritos. Reparación del daño en presencia del perito. Si surgen problemas, tendría la garantía restante. Lo que venga después está claro. El promotor no se niega a reparar el defecto. También designa a un perito "neutral", que está juramentado y nombrado públicamente. Una demanda probablemente tendría poco sentido, ya que el procedimiento mencionado parece ser legalmente correcto.
Sobre el post anterior: ya entiendo que un perito nombrado y juramentado públicamente está obligado a la neutralidad. Pero también tiene que ganarse la vida. No se trata de un encargo que recibe o no recibe. Se le toma como perito de confianza.
Otra cosa... Si poco antes de que termine la garantía abro el techo para una inspección, ¿pierdo automáticamente la garantía restante? ¿Tiene que acompañar esta inspección un perito?