Becker84
05.06.2016 20:50:18
- #1
Hola, estuvimos en dos prestamistas para informarnos cuánto es posible y demás.
En el primero tengo anotado 1,95% de interés y 2,64% de interés anual efectivo*. (*El cálculo del interés anual efectivo se realizó según § 6 PAmgV para toda la duración del préstamo, suponiendo un seguro de préstamo mediante inscripción hipotecaria).
En el segundo no recibí nada por escrito, solo la afirmación de que siempre se debe comparar el interés nominal, porque en el interés efectivo se incluyen todos los seguros.
Además, el número dos asume que también la gestión de la cuenta y todos los seguros se realizan con ellos.
Para nosotros, amigos/conocidos y en internet, el interés anual efectivo es el que realmente se paga mediante la cuota. Los seguros se pagan por separado, en mi opinión. :confused:
Cuando ingreso algo en Interhyp, por ejemplo, aparece 2,00% tasa de interés fija y 2,06% interés anual efectivo.
Tampoco puedo creer que dos bancos relativamente serios quieran engañarme a mí. :oops:
Cuando ingreso las cuotas en un simulador de financiación de construcción, definitivamente llego al 2,64%. :(
P.D. La duración en el número uno fue de 23 años. De esos, 14 años con contrato de ahorro para vivienda.
P.D.2: En el PAmgV dice:
(3) En el cálculo del interés anual efectivo que debe indicarse, se deben incluir como costo total los intereses que debe pagar el consumidor y todos los demás costos, incluyendo posibles costos de intermediación, que el consumidor debe pagar en relación con el contrato de préstamo al consumidor y que son conocidos por el prestamista. Entre los demás costos se incluyen:
1.
Costos por la apertura y gestión de una cuenta específica, costos por el uso de un medio de pago con el que se pueden realizar operaciones en esta cuenta y también se pueden utilizar los importes del préstamo al consumidor, así como otros costos por operaciones de pago, si la apertura o gestión de una cuenta es requisito para que se conceda el préstamo al consumidor en absoluto o según las condiciones contractuales previstas;
2.
Costos por la valoración del inmueble, siempre que dicha valoración sea necesaria para la concesión del préstamo al consumidor.
No dice nada de seguros.
En el primero tengo anotado 1,95% de interés y 2,64% de interés anual efectivo*. (*El cálculo del interés anual efectivo se realizó según § 6 PAmgV para toda la duración del préstamo, suponiendo un seguro de préstamo mediante inscripción hipotecaria).
En el segundo no recibí nada por escrito, solo la afirmación de que siempre se debe comparar el interés nominal, porque en el interés efectivo se incluyen todos los seguros.
Además, el número dos asume que también la gestión de la cuenta y todos los seguros se realizan con ellos.
Para nosotros, amigos/conocidos y en internet, el interés anual efectivo es el que realmente se paga mediante la cuota. Los seguros se pagan por separado, en mi opinión. :confused:
Cuando ingreso algo en Interhyp, por ejemplo, aparece 2,00% tasa de interés fija y 2,06% interés anual efectivo.
Tampoco puedo creer que dos bancos relativamente serios quieran engañarme a mí. :oops:
Cuando ingreso las cuotas en un simulador de financiación de construcción, definitivamente llego al 2,64%. :(
P.D. La duración en el número uno fue de 23 años. De esos, 14 años con contrato de ahorro para vivienda.
P.D.2: En el PAmgV dice:
(3) En el cálculo del interés anual efectivo que debe indicarse, se deben incluir como costo total los intereses que debe pagar el consumidor y todos los demás costos, incluyendo posibles costos de intermediación, que el consumidor debe pagar en relación con el contrato de préstamo al consumidor y que son conocidos por el prestamista. Entre los demás costos se incluyen:
1.
Costos por la apertura y gestión de una cuenta específica, costos por el uso de un medio de pago con el que se pueden realizar operaciones en esta cuenta y también se pueden utilizar los importes del préstamo al consumidor, así como otros costos por operaciones de pago, si la apertura o gestión de una cuenta es requisito para que se conceda el préstamo al consumidor en absoluto o según las condiciones contractuales previstas;
2.
Costos por la valoración del inmueble, siempre que dicha valoración sea necesaria para la concesión del préstamo al consumidor.
No dice nada de seguros.