Escroda
30.11.2019 09:04:04
- #1
El gobierno federal ha aprobado una ley, concretamente el Código de Construcción (Baugesetzbuch), que faculta a los municipios para determinar el uso constructivo y demás usos de los terrenos dentro de su territorio municipal (§1 Baugesetzbuch). Asimismo, faculta al ministerio competente para emitir reglamentos legales relacionados, por ejemplo, el Reglamento de Uso del Suelo (Baunutzungsverordnung) (§9a Baugesetzbuch). Para evitar que, por ejemplo, el alcalde de Monheim tenga la idea de permitir la construcción completa de todo el territorio municipal para maximizar los ingresos del impuesto empresarial y las tasas por aguas pluviales, el Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza, Construcción y Seguridad Nuclear ha ideado el §17 del Reglamento de Uso del Suelo. Como indica el título "Límites máximos para la determinación de la medida del uso constructivo", este párrafo está dirigido a los responsables de la determinación, es decir, a aquellos que elaboran los planes de ordenación, como los municipios o las oficinas de planificación contratadas por ellos.
El §17 no trata del cálculo del coeficiente de ocupación real, sino únicamente de la determinación en el plan de ordenación. Una infracción al §17 del Reglamento de Uso del Suelo sólo existe si al establecer la regulación se comete un error, por ejemplo, mediante la asignación incorrecta de un límite máximo a una zona de construcción. Si el municipio establece un coeficiente de ocupación del terreno de 0,6 para una zona residencial general y no lo justifica adecuadamente, una demanda basada en el §17 del Reglamento de Uso del Suelo tiene grandes probabilidades de éxito.
En la parcela de tus vecinos se ha establecido un coeficiente de ocupación del terreno de 0,3 para una zona residencial general (WA). Esto no contradice el §17. La regulación no es objetable. Y si tu vecino planifica la construcción completa del terreno con un edificio de oficinas de ocho pisos, aún no se viola el §17, ya que la regulación de 0,3 sigue siendo legal.
La exención de la regulación por parte de la autoridad de aprobación no cambia la determinación. Sólo permite al promotor superar esta regulación. Tú sólo puedes actuar contra esta autorización si viola tus derechos. Y mientras el cuerpo del edificio cumpla con los espacios libres reglamentarios, no veo que la exención afecte intereses vecinales protegidos de derecho público.
Mientras te dejas llevar por un párrafo que no protege a los vecinos, olvidas trabajar en tus argumentos. Citas incansablemente las formulaciones abstractas de los textos legales. Hasta ahora, la única afectación concreta mencionada ha sido
sobre la cual ya he explicado que las disposiciones mencionadas no son aplicables. Las afirmaciones
son vagas y probablemente ni siquiera para un abogado experimentado ofrecen puntos de apoyo para una demanda de cualquier tipo.
Tampoco es obligatorio cruzar el semáforo en verde. De igual forma, no puedes obligar a un policía a sancionar a un infractor de la luz roja. Tampoco puedes demandar al policía que permite a un grupo de ciclistas cruzar en rojo mientras tú tienes que esperar en verde y llegas tarde a una cita.
El §17 no trata del cálculo del coeficiente de ocupación real, sino únicamente de la determinación en el plan de ordenación. Una infracción al §17 del Reglamento de Uso del Suelo sólo existe si al establecer la regulación se comete un error, por ejemplo, mediante la asignación incorrecta de un límite máximo a una zona de construcción. Si el municipio establece un coeficiente de ocupación del terreno de 0,6 para una zona residencial general y no lo justifica adecuadamente, una demanda basada en el §17 del Reglamento de Uso del Suelo tiene grandes probabilidades de éxito.
En la parcela de tus vecinos se ha establecido un coeficiente de ocupación del terreno de 0,3 para una zona residencial general (WA). Esto no contradice el §17. La regulación no es objetable. Y si tu vecino planifica la construcción completa del terreno con un edificio de oficinas de ocho pisos, aún no se viola el §17, ya que la regulación de 0,3 sigue siendo legal.
La exención de la regulación por parte de la autoridad de aprobación no cambia la determinación. Sólo permite al promotor superar esta regulación. Tú sólo puedes actuar contra esta autorización si viola tus derechos. Y mientras el cuerpo del edificio cumpla con los espacios libres reglamentarios, no veo que la exención afecte intereses vecinales protegidos de derecho público.
Mientras te dejas llevar por un párrafo que no protege a los vecinos, olvidas trabajar en tus argumentos. Citas incansablemente las formulaciones abstractas de los textos legales. Hasta ahora, la única afectación concreta mencionada ha sido
el correspondiente sombreado
sobre la cual ya he explicado que las disposiciones mencionadas no son aplicables. Las afirmaciones
... resultado del gran volumen construido que causa perjuicios ...
... consideran la desviación ... como inapropiada ...
... para proteger a los vecinos situados más abajo de una construcción demasiado densa ...
... como “patio de prisión” ...
... con daños a nosotros como vecinos situados más abajo ...
son vagas y probablemente ni siquiera para un abogado experimentado ofrecen puntos de apoyo para una demanda de cualquier tipo.
Además no se deben permitir desviaciones según §19
Tampoco es obligatorio cruzar el semáforo en verde. De igual forma, no puedes obligar a un policía a sancionar a un infractor de la luz roja. Tampoco puedes demandar al policía que permite a un grupo de ciclistas cruzar en rojo mientras tú tienes que esperar en verde y llegas tarde a una cita.