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11.10.2023 15:24:05
- #1
Para mí, en conjunto, esto suena primero a un contrato de construcción encubierto y un contrato de construcción con servicios de arquitecto (y por lo tanto más bien no un contrato de arquitecto con la correspondiente responsabilidad profesional).
Aquí no entiendo el orden de los acontecimientos: la oficina de construcción debe imponer condiciones ya en la aprobación, con la construcción no se puede comenzar antes de la aprobación, por lo que luego no entiendo el "seguimiento", la separación (de qué lado, por cierto, la viga cumbrera* aquí es como "común" ¿no?) debería haberse establecido antes de la cubierta del techo.
*) Tu casa adosada es algo atípica en cuanto a que las mitades están unidas en la cumbrera, ver
El arquitecto debe tener en cuenta el cumplimiento de las normativas de protección contra incendios, también considerando la particularidad descrita anteriormente y, en consecuencia, anticipar la condición para la aprobación de la construcción. No hay "costos adicionales" en el sentido del contrato de construcción, ya que el cumplimiento de las normativas de construcción y las condiciones resultantes, incluso sin menciones específicas en la descripción del servicio de construcción o similares, son naturalmente parte del contrato de construcción y por tanto, también de un posible precio global. El contratista general simplemente se equivocó en los cálculos. El arquitecto cometió "un error", pero la oficina de construcción reaccionó de manera adecuada, otorgando la aprobación con la condición en lugar de rechazarla por incumplimiento de las normativas de protección contra incendios. El arquitecto debería haber incluido ya la separación en el plan, y para el contratista general formaba parte integral de la obra acordada. La mayoría de las casas adosadas tienen las mitades unidas por el hastial, probablemente el contratista general construyó aquí por primera vez un duplicado a lo ancho ;-)
Hola, muchas gracias primero por tu detallada respuesta. Yo interpreto que todo esto podría contabilizarse como "riesgo empresarial", ¿no es así?
Me parece un poco descarado que el contratista general intente aprovecharse de la ignorancia de los clientes. Lo ha hecho varias veces, aunque ahora la situación es otra. La casa ya está terminada, vivimos en ella y aún le debemos dinero (porque aún no hemos hecho la aceptación final, entre otras cosas porque el tema de protección contra incendios y el techo tampoco están resueltos todavía).
Aunque podría aguantar esto hasta cierto punto (él tampoco se mueve por la cantidad pendiente, que es de cinco cifras) quiero que los trabajos se terminen y que la oficina acepte la casa.
Para entender mejor, algunos datos rápidos:
- tuvimos una aprobación del ayuntamiento con los planos originales del arquitecto, que sin embargo no mostraban en detalle la separación de las casas
- solo en una inspección espontánea del estado de la estructura (el inspector pasó en bici) se notó esto
- también le dije al señor por qué la oficina otorgó una licencia de construcción y no vio esto antes ni comunicó condiciones al respecto… ya no recuerdo las palabras exactas. Sería evidente, el arquitecto debería hacer su trabajo, etc.
Adjunté la solución del arquitecto, que fue aprobada así por el ayuntamiento. Ahora solo falta que alguien la haga.
Sobre la casa adosada en sí, nos ofrece algunas ventajas que la cumbrera sea así y no de otra forma (aquí me falta el término técnico)… pudimos poner ventanas de suelo a techo en cada habitación del piso superior. Y las pendientes del techo solo empiezan a 1,55 m; de lo contrario, tendríamos pendientes en las habitaciones arriba y por lo tanto ventanas de techo por todas partes.
El tema de protección contra incendios es muy molesto y preferiría llegar a un acuerdo, pero creo que él seguirá en su opinión y al final tendrá que resolverlo un abogado.