La limitación temporal no es en absoluto el problema aquí y nadie debería hacer de ello un problema si en su situación personal no lo ve así. También aquí nuevamente, eso debe ser considerado individualmente y el TE no ha preguntado si tiene sentido con un contrato temporal ni ha dado a entender que eso le cause problemas.
Los contratos temporales son aceptados, en un banco si ya ha sido renovado, en otro banco si el trabajo se ha continuado de forma ininterrumpida y en otros bancos no importa. Ya se mencionó el Ing, con 3 nóminas y todo está bien al respecto.
No tener que entregarlo, como un usuario aquí ha expresado, tampoco significa nada, porque primero debe especificarse y no es raro que se vea en la nómina, ya que en ella se indican la fecha de entrada y salida.
Si un contrato temporal es adecuado y qué seguridad ofrece, solo el consumidor puede decidirlo de forma individual, especialmente porque en este caso el TE tiene dos ingresos y posiblemente un cambio con una breve interrupción puede ser compensado. No lo sabemos y seguro que hay situaciones, también por las cualificaciones y el trabajo, donde la limitación temporal representa igual seguridad que un contrato fijo.
Por supuesto, normalmente no es necesario presentar un contrato laboral al solicitar financiación, pero si el consumidor está en periodo de prueba, entonces sí es un documento mínimo, porque ¿de dónde debería verse la duración del periodo de prueba si no es en el contrato laboral?
Aquí en el caso del TE, la razón de mi falta de comprensión y el problema no es el contrato temporal, sino el periodo de prueba, porque en el periodo de prueba es realmente difícil demostrar ingresos. Bien, se acorta, todo bien, es una solución o podría serlo, pero, ¿qué clase de intermediario es ese? Él debería - si no lo hace desde ayer - haber sabido que el contrato se solicitaría, ¿y cómo queda la cosa si después tiene que presentar la limitación temporal? También me intriga qué indicó en la solicitud respecto a la afiliación, porque normalmente la limitación temporal está en el contrato, si no lo está (que también sucede), entonces posiblemente lo ocultó, lo que no mejora la situación y si ya quiere hacer un truco en interés del consumidor, debería saber hacerlo, pero aquí no pudo, porque como dije, la entrega del contrato era 99% seguro.
Presentar la financiación respecto al contrato temporal (por supuesto no puedo evaluarlo completamente sin más información) no representa para mí, como corredor financiero experimentado, ningún problema, pero también digo que tal vez el esfuerzo en este banco fue en vano porque no aceptan contratos temporales y/o no ven bien esta forma de actuar y evitan colaborar.
No es tan grave ni significa que algo vaya mal, solo se busca un profesional que ayude mejor (sin mencionar cómo está el concepto de financiación actualmente), lo molesto es cuando quiero comprar una casa que también quieren 10 familias más y el vendedor y/o el agente se la dan a otro porque alguien más tardó demasiado.
En resumen, no es un desarrollo bueno ni tranquilizador, considerando que es una inversión vital, aunque, por la forma de proceder hasta ahora, sospechamos que ni siquiera sabemos cuán malo puede estar el concepto de financiación en sí.