Andre77
21.02.2021 03:09:48
- #1
Hola,
en la mayoría de los estados federales se dice que se debe mantener una distancia mínima de los edificios al límite del terreno de 2,5 a 3 metros, medida desde la fachada.
¿Cómo se comporta esto con una terraza? No lo tengo muy claro. ¿Se aplica el final de la terraza al límite, es decir, la distancia mencionada y el área de separación se "extiende" en relación con el edificio con su área de separación? Entonces, probablemente una terraza se considera una instalación auxiliar y en el derecho vecinal se habla, en caso de infringir los 2,5 m, del consentimiento necesario del vecino.
Quizás alguien pueda arrojar luz sobre la oscuridad sajona. ;)
¡Gracias!
en la mayoría de los estados federales se dice que se debe mantener una distancia mínima de los edificios al límite del terreno de 2,5 a 3 metros, medida desde la fachada.
¿Cómo se comporta esto con una terraza? No lo tengo muy claro. ¿Se aplica el final de la terraza al límite, es decir, la distancia mencionada y el área de separación se "extiende" en relación con el edificio con su área de separación? Entonces, probablemente una terraza se considera una instalación auxiliar y en el derecho vecinal se habla, en caso de infringir los 2,5 m, del consentimiento necesario del vecino.
Quizás alguien pueda arrojar luz sobre la oscuridad sajona. ;)
¡Gracias!