Blaubeere
20.03.2021 19:00:30
- #1
¿Cómo son vuestras situaciones de ingresos? ¿Se planean niños que puedan alterar eso?
La pareja 1 previsiblemente ganará más en un futuro cercano. Se planean hijos.
De lo contrario, personalmente, como socio menor, no me comprometería a pagar la casa de otra persona [...]. Sin embargo, la propiedad conjunta es sin duda desagradable si la relación se rompe. Eso debería aclararse y fijarse de antemano, aunque sea incómodo.
Lo sospechas: por eso pregunto aquí ;)
y que la pareja más débil pague un alquiler (más bien simbólico)
Lo que se busca realmente es un modelo en el que la pareja 2 tenga una participación en todo y no uno en el que la pareja 2 sienta que es inquilino de la pareja 1; además, no es posible lograr una "participación habitual en el alquiler" sin un aumento de patrimonio para la pareja 1.
Actualmente tendemos a fijar contractualmente (ante notario) un valor realista (*cuestionable cómo se determina equitativamente*). La suma del valor estimado y la aportación de capital propio de la pareja 1 sirve como referencia para calcular el porcentaje de participación de la pareja 2 en la casa.
El crédito obtenido se compone de la siguiente manera: 37 % desembolso a la familia de la pareja 1; 63 % costos de renovación.
Así, la pareja 1 paga el 68,5 % de las cuotas (total compensación de deuda + mitad de la renovación, ya que la deuda con el familiar es asunto suyo) y la pareja 2 paga con el 31,5 % de las cuotas su mitad de la parte de la renovación.
En caso de separación, la pareja 2 recibiría, con un plazo de pago fijado contractualmente, todas las cuotas pagadas por ella más la participación del valor actual de la casa adquirida a través de su capital propio en el momento de la separación.
Este modelo supone que la renovación no tiene un impacto significativo en el valor de la casa/terreno y concede a la pareja 2 una participación justa en las ganancias derivadas del aumento de valor de mercado. No se prevé ningún interés adicional para el capital inmovilizado de la pareja 2. Sería cuestionable si se debería incluir en el contrato una depreciación del aumento de valor generado por la renovación, ya que después de algunos años el valor añadido por la renovación estaría "usado" nuevamente.
Suena un poco complicado y falla en una valoración justa al inicio del contrato y en el posible momento de separación. Aparte de eso, ¿qué opináis del concepto?