LarsV
02.08.2018 09:15:53
- #1
Hola a todos,
quizás alguien pueda ayudarme aquí "rápidamente". Mi esposa y yo, después de mucho pensar y discutir, nos hemos resignado a que no encontraremos una propiedad existente adecuada. Como en internet y también en los modelos de casas casi siempre se anuncia que se incluye un terreno si se construye con la empresa XYZ, hemos decidido optar por una casa prefabricada con la empresa X. Como ofrecen un servicio gratuito de terrenos, también nos decidimos por un contrato de obra, después de haber revisado la financiación (más un pequeño margen) con el banco.
Sin embargo, ha surgido un problema del que nadie advirtió y que nosotros no teníamos en cuenta: la oficina de impuestos. Como poseemos una propiedad adquirida por donación, que ahora lamentablemente es una herencia (que para nuestra familia es demasiado pequeña, no puede ser ampliada ni reformada adecuadamente), decidimos venderla; pero como no hemos vivido en ella dos años, tampoco la hemos tenido en propiedad durante 10 años y lamentablemente el donante falleció (el abuelo), ahora debemos pagar impuesto de sucesiones y además impuesto sobre ganancias especulativas en la venta.
Según los cálculos, esto destroza completamente nuestra financiación, ya que contábamos principalmente con el producto de la venta. Mal asunto. Muy mal asunto.
En el foro ya se ha escrito varias veces que los proveedores de contratos de obra suelen conformarse con un 10% de indemnización por cancelación del contrato.
Mi pregunta es ahora: como aún estamos dentro del plazo de desistimiento de 14 días, ¿podemos cancelar este contrato de obra sin tener que temer más costes?
quizás alguien pueda ayudarme aquí "rápidamente". Mi esposa y yo, después de mucho pensar y discutir, nos hemos resignado a que no encontraremos una propiedad existente adecuada. Como en internet y también en los modelos de casas casi siempre se anuncia que se incluye un terreno si se construye con la empresa XYZ, hemos decidido optar por una casa prefabricada con la empresa X. Como ofrecen un servicio gratuito de terrenos, también nos decidimos por un contrato de obra, después de haber revisado la financiación (más un pequeño margen) con el banco.
Sin embargo, ha surgido un problema del que nadie advirtió y que nosotros no teníamos en cuenta: la oficina de impuestos. Como poseemos una propiedad adquirida por donación, que ahora lamentablemente es una herencia (que para nuestra familia es demasiado pequeña, no puede ser ampliada ni reformada adecuadamente), decidimos venderla; pero como no hemos vivido en ella dos años, tampoco la hemos tenido en propiedad durante 10 años y lamentablemente el donante falleció (el abuelo), ahora debemos pagar impuesto de sucesiones y además impuesto sobre ganancias especulativas en la venta.
Según los cálculos, esto destroza completamente nuestra financiación, ya que contábamos principalmente con el producto de la venta. Mal asunto. Muy mal asunto.
En el foro ya se ha escrito varias veces que los proveedores de contratos de obra suelen conformarse con un 10% de indemnización por cancelación del contrato.
Mi pregunta es ahora: como aún estamos dentro del plazo de desistimiento de 14 días, ¿podemos cancelar este contrato de obra sin tener que temer más costes?