fraubauer
03.10.2019 11:41:17
- #1
Buenos días. Me interesa lo siguiente. En nuestro edificio de viviendas múltiples (construcción nueva llave en mano hace 4,5 años por el promotor) la garantía legal vence en 6 meses. Soy una propietaria y vivo allí. Hay otros 3 propietarios más. También tenemos una pequeña administración de la comunidad. Compramos llave en mano al promotor en su momento. La entrega se realizó en el momento de la mudanza. Ahora, con el tiempo, han aparecido algunos defectos (al menos para nosotros). Por ejemplo, algunas grietas en el muro. Si estas grietas constituyen un defecto, solo lo puede determinar el promotor o un perito. Mi pregunta es: ¿es correcto el siguiente procedimiento? La administración de la comunidad comunica ahora, 6 meses antes de que termine la garantía, por escrito al promotor los defectos en la propiedad común que hemos detectado. Los defectos en mi propiedad privada los comunico directamente al promotor. El promotor probablemente inspeccionará los defectos in situ, con o sin un perito propio. Esto queda a su discreción. Por escrito, el promotor informa entonces al propietario o a la administración si existen defectos o no. Solo entonces podría la administración de la comunidad contratar a un perito propio si no estamos de acuerdo con la opinión del promotor o tenemos una opinión diferente. Si entonces el perito tiene una opinión diferente a la del promotor, la administración de la comunidad informaría de ello al promotor. ¿O ya se debe contratar un perito propio a través de la administración para la inspección de los defectos con el promotor? (Entiendo que esto es más seguro. Pero ¿por qué generar costos innecesarios si posiblemente no sean necesarios o solo lo sean en un segundo paso, después de la opinión del promotor?) Gracias