Transferir la casa -> preguntas generales

  • Erstellt am 15.04.2019 08:04:38

Climbee

15.04.2019 10:46:57
  • #1
Creo que hay una gran diferencia entre heredar algo a mi hijo político o lograr algo juntos como pareja, lo siento.

Estamos construyendo una casa juntos, en la que está parcialmente mi herencia (porque yo tenía el terreno y también más capital propio), eso lo reflejaremos en un contrato matrimonial, pero aparte de eso es nuestro "bebé" en común.

No quiero nada de su herencia (los padres tienen un departamento) y mi herencia es mi herencia (lo cual se refleja en que a mí me pertenecen más partes de la casa). Si él alguna vez utiliza su herencia (pero deseo que mis suegros vivan mucho tiempo) para pagar la casa, nuestras participaciones en la casa cambiarán a su favor.

Lo que hay/iremos ganando por encima lo produciremos juntos y nos pertenece en partes iguales.

Me parece extraño que los hijos políticos hereden algo. Se hereda a los hijos y ese es el capital que ellos aportan. Lo que se gana en común dentro de una pareja se reparte justamente. Lo que cada uno aporta es suyo. Todo esto solo es relevante en caso de separación, de lo contrario no importa.
 

Maria16

15.04.2019 10:50:34
  • #2
Entiendo muy bien el enfoque, pero la pregunta siempre debería ser a partir de cuándo se empieza a "construir" algo en conjunto. Y si es la casa de los padres de una pareja, ¿cuándo se "merece" también tener propiedad sobre ella? ¿Después de un hijo? ¿Después de tres? ¿Después de 10 años cuidando a los suegros?

Edit: también quiero señalar las diferentes perspectivas. Si se hereda, solo se hereda al propio hijo. En cambio, si se recibe una herencia, no se ve tan estrictamente (o al menos debería plantearse la pregunta de por qué, si absolutamente no se quiere compartir con la pareja, es así).
 

Climbee

15.04.2019 11:00:07
  • #3
Sigo firme en mi postura: la herencia se mantiene para todos. Si se puede vivir juntos en una casa heredada, eso es en primer lugar una gran ventaja: se ahorra el alquiler. Eso ya es algo.
Si se vive allí por más tiempo, de alguna manera se participa en el mantenimiento. Ya sea mediante trabajo o capital para renovaciones necesarias, ampliaciones, anexos, etc. A partir de ahí, es algo común, aunque, por ejemplo, porque hay niños, solo uno "paga" porque el otro se encarga de la gestión familiar (sin remuneración). En caso de separación, esta parte se paga a medias. ¿Por qué debería recibir algo del capital previo? ¿Acaso hice algo por ello?
Si no se tratara de una casa, sino de joyas valiosas, por ejemplo, en caso de divorcio tampoco diría: ¡pero al menos uno de los pendientes me pertenece ahora! ¡Después de todo, tuve hijos!
 

Snowy36

15.04.2019 20:23:15
  • #4
[QUOTE="Climbee, post: 318785, member: 29528"]

Construimos juntos una casa - en parte está incluida mi herencia (porque yo tenía el terreno y también más capital propio), eso lo reflejaremos en un contrato matrimonial, pero por lo demás es nuestro "bebé" en común.

No quiero nada de su herencia (los padres tienen un departamento) y mi herencia es mi herencia (lo que se refleja en que me pertenecen más partes de la casa). Si él alguna vez usa su herencia (aunque le deseo a mis suegros una larga vida) para pagar la casa, nuestras partes en la casa se reajustarán a su favor.

Lo que está encima de eso lo generamos juntos y también nos pertenece por partes iguales.

Me parece extraño que los yernos o nueras hereden algo. Se hereda a los hijos y ese es el capital que aportan. Lo que se genera EN CONJUNTO en una pareja se reparte justamente. Lo que cada uno aporta sigue siendo de cada uno. Todo eso solo es relevante en caso de separación - de lo contrario no importa.

¿Cómo lo hicieron en el registro de la propiedad? ¿50/50 o tú tienes más? Si él alguna vez aporta su herencia, ¿cambian las partes o cómo funciona con ustedes?
 

Climbee

15.04.2019 20:35:27
  • #5
En el registro de la propiedad aparezco como titular mayoritario, el resto lo regulamos mediante contrato matrimonial. También se pueden hacer varias cosas (por ejemplo, establecer cómo se realiza el pago en caso de separación).
 

ypg

15.04.2019 23:00:44
  • #6


A los cincuenta y pico no estás cerca de la muerte, a menos que ambos tengan una enfermedad terminal que les provoque una muerte prematura. ¿Pero no lo habrías mencionado entonces? Entre los 55 y la muerte pueden pasar aún 2-3 generaciones. Normalmente, los empleados tienen que trabajar otros 12 años a esta edad, y otros construyen su casa justo a esta edad. Que los padres ya hablen de eso... está bien, puede ser asunto suyo. Se pueden arreglar muchas cosas, como es sabido. Pero no tienes que contar ya con su muerte y las consecuencias. Exención y derecho hereditario, lo que sea. También se les puede decir que no deben desprenderse de todos sus bienes todavía, sino que deben aprovechar al máximo su vida. Si hace falta, podrían convertir su casa, su casa, en dinero ;)
 

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