11ant
13.02.2025 17:52:59
- #1
Entonces sí, cuando se encargue la fase de servicio 8, también debe realizarse la determinación de costes - ya que también la paga el cliente (o al menos la arquitecta quiere recibir el dinero - independientemente de lo que haya realizado).
No sé hasta dónde llega eso / sin embargo, actualmente mi única manera de actuar contra esta mujer es exigir los servicios, ya que ella ya está reclamando la factura final - y con el pago de esta también se aceptarían los servicios de la arquitecta.
(Como muy tarde) con el pago de servicios que ella 2. no debería haber prestado y 1. no prestó se habrían cometido, por último, también una infracción administrativa y un delito.
Y como evidentemente no pienso suficientemente como un jurista, ya que aún no entiendo qué utilidad tiene el documento (aparte de que tengáis que pagar por su elaboración), mi opinión sigue siendo, justamente contratar a un jurista.
Un jurista tampoco entendería qué querría hacer la TE ahora con un cálculo completamente inútil hace tiempo. Es una prestación básica (como dije, = obligación y no algo voluntario, teóricamente se puede renunciar pero no unilateralmente). La arquitecta no la cumplió y sus declaraciones al respecto se pueden presentar como prueba ante un tribunal. No sé si todavía es procedente una reclamación después de cuatro años - pero supongo que sí, ya que el plazo probablemente comience con la factura final. Cuándo la TE finalmente recibirá asesoría legal solo los dioses lo saben. La determinación de si la arquitecta realmente lo es es muy fácil de hacer y ya se ha descrito aquí. Ahora tengo que despedirme aquí (aunque acabo de volver de comprar, me olvidé las palomitas). Una disputa por este cálculo probablemente sería considerada por el juez de primera instancia Wunder como desacato al tribunal. Infantil.