Muy sencillo. Si el terreno es únicamente tuyo, puedes hacer con él lo que quieras. Si lo tienes junto con otros, tus derechos están al menos limitados. En la comunidad de propietarios (WEG) basta con un "agente especial" y tendrás 30 años de molestias, porque todo lo relacionado con construcciones debe decidirse conjuntamente, incluso si tú (como por ejemplo en la configuración de seis propietarios, siendo el primero en la fila con la cerca del sexto) no estás directamente afectado.
Lo perverso es que no conoces la composición de propietarios al momento de la compra y tampoco tienes influencia sobre quién puede "comprar" mediante un cambio de propiedad.
Como topógrafo, se puede dejar que esto siga así. Si más adelante se separan terrenos de la configuración de seis porque ya no funciona, esto sin duda es más caro que si se separa correctamente antes del inicio de la construcción. Se pone realmente complicado si ya no es posible la división.
Honestamente, apenas puedo imaginar un ahorro en los costos del notario/registro de la propiedad, pero es posible, no quiero descartarlo. Solo que al no haber división, más terrenos, propietarios y por ende derechos, están entrelazados y deben ser mutuamente asegurados.
Los costos de división no se pueden precisar sin conocer la configuración, pero especialmente con varios terrenos los costos bajan rápidamente a un nivel aceptable. Y así se tiene tranquilidad por separado.
Saludos cordiales
Dirk Grafe