Caspar2020
23.11.2018 08:55:45
- #1
Sí, pero se trata del valor de la casa: ¿incluyo ya en el contrato de compraventa el equipamiento especial por valor de 20000 o lo selecciono más tarde? No veo aquí ningún fraude.
El problema aquí es que hay autoridades fiscales que preguntan por los deseos especiales posteriores en promotoras inmobiliarias; pero ya se ha pagado el IVA por ello, y a la autoridad fiscal le gusta recaudar también el impuesto de transmisiones patrimoniales proporcional (especialmente si esto ha sido facturado por el propio promotor).
No, no es fraude; sólo evasión fiscal.
2) A la contraprestación pertenecen también
[*]1.
prestaciones que el adquirente del terreno concede al vendedor además de la contraprestación acordada en el proceso de adquisición;
Y finalmente se paga doble; ya que entonces se debe el IVA y el impuesto de transmisiones patrimoniales.