Pago de la cuota final y aceptación

  • Erstellt am 14.01.2016 00:13:53

cumpa

15.01.2016 23:25:41
  • #1
Si os sirve de algo y a mí me ayuda, publico el texto del contrato, con gusto también por [PN]...
 

Bauexperte

15.01.2016 23:43:05
  • #2

Sí, es cierto; disculpa, lo olvidé.

Sin embargo, eso no cambia el hecho de que es habitual que una BU exija una garantía de seguridad, así como que el cliente (AG) - tú - pueda solicitar una garantía de finalización. Por lo tanto, no me sorprende que tu abogado no haya objetado esto; lo que más me sorprende es que aparentemente no hayan hablado sobre el contenido de su revisión.


No es posterior, más bien conforme al contrato.


No estoy seguro de que la solicitud de tu proveedor sea realmente inadmisible; existen muchas sentencias contradictorias sobre este tema. Puede que en el futuro se considere inadmisible y que por ello se cambien las leyes correspondientes o que se redacten y complementen los textos de manera más clara; actualmente no hay nada al respecto en el Código de Construcción ni en la VOB, cuando un particular es el AG. Pero no soy abogada; lo que escribo se basa únicamente en mi experiencia laboral.

Tampoco puedes retener fondos intencionadamente; por eso muchas BU exigen una garantía para el último pago si tu contrato no lo permite. Tampoco sirve de nada que publiques aquí tu contrato; ni siquiera estoy segura de que puedas hacerlo. Tampoco te beneficia que respondan legos. Mi recomendación es que intentes iniciar una conversación con tu perito en tu proveedor para ver si y cómo se puede resolver el problema. En mi opinión, nada más te ayudará a avanzar.

Saludos, experto en construcción
 

cumpa

16.01.2016 00:23:59
  • #3
últimamente queda la mala sensación ...no importa cómo ....ser "engañado" por el constructor. y no se puede hacer nada al respecto.... o se busca un abogado que vea esas cláusulas en el contrato solo después de la firma.. Gracias a todos por su honesto apoyo... sus consejos me han servido más que el abogado
 

SirSydom

16.01.2016 10:27:14
  • #4


¡Alto! ¡Eso es FALSO!
Un consumidor que haya celebrado un contrato para la construcción de una casa debe recibir una garantía (por ejemplo, un aval) por un valor del 5 % antes del primer pago a cuenta (§632a del Código de Construcción).
Si no lo hace, puedes deducir el 5 % de la suma total del contrato en el primer pago a cuenta o (por ahora) no tienes que pagar nada.



Según el BGH (Az: VII ZR 191/12), si esta garantía no forma parte del contrato, el plan de pagos completo es NULO.
Es decir, si en tu contrato no se menciona una garantía del 5 % PARA ti, no tienes que pagar las cuotas acordadas.
Más bien se aplica el estándar del contrato de obra §632a párrafo 1:



Me gustaría publicar algunos enlaces adicionales, pero las extrañas reglas de este foro no lo permiten...
 

Bauexperte

16.01.2016 11:09:44
  • #5
Hola,

¿Sabes que aquí estás bastante cerca de asesoramiento legal?

Escribí expresamente "en la medida en que tú (TE) hayas publicado textos" ! No podemos saber exactamente qué se acordó y qué no. Si un perito ha revisado el borrador del contrato, asumo inicialmente que sabe lo que está haciendo. Por lo tanto, si no ha advertido al TE sobre ningún "punto conflictivo", no nos corresponde a mí/nosotros abrir más.

Como quizás no te haya pasado desapercibido, el TE quiere que se cumpla el contrato de obra cerrado; es decir, quiere construir con el proveedor. Por eso me parece útil hablar con el proveedor, junto con el perito encargado. Todo lo demás no tiene sentido. La alternativa fue y es acudir a un abogado, pero probablemente tampoco cambiaría la voluntad declarada del TE. No puede obligar al proveedor a hacer algo que no quiera; al final probablemente terminaría la rescisión del contrato (en mi opinión la mejor solución), lo cual el TE (hasta ahora) no quiere ni realmente ir a un enfrentamiento.


No volveré a abrir esta discusión; es como es.

Saludos, experto en construcción
 

cumpa

16.01.2016 17:41:38
  • #6
Hola experto en construcción Hola SirSydom.
Lo único que aparece en el contrato con un 5 % es la garantía de finalización que debe entregárseme al inicio de la obra.
En ninguna parte se menciona el §632.
 

Temas similares
16.06.2011¿Firmar un contrato de construcción con reserva?10
13.09.2012¿Sentirse presionado para firmar un contrato, es eso normal?17
29.09.2011¿Es legalmente válido el plan de construcción sin firma / contrato?12
22.09.2012¿Quién más cayó en un contrato con cláusula de reserva? - Búsqueda13
04.07.2015Contrato de casa con condición de financiamiento, se busca abogado10
16.05.2015Contrato poco claro: colectores terrestres de humus10
23.08.2015Financiación de construcción con contrato de duración determinada13
04.07.2016Construir sin contrato - ¿Preocupaciones?39
10.09.2016Financiación de la construcción y contrato con el promotor inmobiliario24
28.09.2016Pregunta sobre el pago anticipado y la cláusula en el contrato41
18.01.2017Primero pago por adelantado, ahora se exige un pago parcial - ¡confundido!22
28.05.2017¿Saqueo del contrato Riester - para menor necesidad de crédito?16
04.11.2017Contrato de obra con contratista general - preguntas sobre la oferta37
16.08.2018Trabajos de ingeniería civil sin contrato - ¿normal, experiencias?10
14.04.2020Garantía de seguridad según el §650 del Código de Construcción20
11.04.2020Derecho de la construcción - contratar un abogado o aún no16
11.11.2020Cancelación de un contrato con una empresa de fontanería24
10.04.2021Retrasos en el contratista general, no se estableció una fecha según el § 650 del Código de Construcción65

Oben