El contrato ya está firmado desde hace tiempo. (Con la creencia, después de la revisión de mi abogado, de que todo está en orden).
Sí, es cierto; disculpa, lo olvidé.
Sin embargo, eso no cambia el hecho de que es habitual que una BU exija una garantía de seguridad, así como que el cliente (AG) - tú - pueda solicitar una garantía de finalización. Por lo tanto, no me sorprende que tu abogado no haya objetado esto; lo que más me sorprende es que aparentemente no hayan hablado sobre el contenido de su revisión.
Me di cuenta de que algo iba mal solo cuando el formulario de la garantía de seguridad llegó semanas después por correo.
No es posterior, más bien conforme al contrato.
Si el abogado me hubiera advertido ANTES de firmar el contrato sobre esta garantía y sus consecuencias, no habría firmado el contrato.
Para eso están los abogados... ¡yo, como profano, no tengo ni idea!
Ahora mi abogado dice que esto es inadmisible.
No estoy seguro de que la solicitud de tu proveedor sea realmente inadmisible; existen muchas sentencias contradictorias sobre este tema. Puede que en el futuro se considere inadmisible y que por ello se cambien las leyes correspondientes o que se redacten y complementen los textos de manera más clara; actualmente no hay nada al respecto en el Código de Construcción ni en la VOB, cuando un particular es el AG. Pero no soy abogada; lo que escribo se basa únicamente en mi experiencia laboral.
Tampoco puedes retener fondos intencionadamente; por eso muchas BU exigen una garantía para el último pago si tu contrato no lo permite. Tampoco sirve de nada que publiques aquí tu contrato; ni siquiera estoy segura de que puedas hacerlo. Tampoco te beneficia que respondan legos. Mi recomendación es que intentes iniciar una conversación con tu perito en tu proveedor para ver si y cómo se puede resolver el problema. En mi opinión, nada más te ayudará a avanzar.
Saludos, experto en construcción