Michlhausbauaa
05.11.2020 20:55:30
- #1
Lo que el "Otto Normal" considera desarrollado no tiene por qué estar legalmente desarrollado. Además, en la legislación sobre contribuciones existe la distinción entre la obligación objetiva de contribuir y la personal. Entre ambas puede haber hasta uno o cuatro años de diferencia en una administración. Por eso la pregunta: ¿Existe un contrato de cesión sobre los costos de desarrollo? ¿O dentro de unos años llegará la factura sorpresa por contribuciones según los §§127 y siguientes del Código de Construcción?
Explícame eso con más detalle, por favor.