negRomino
24.08.2022 10:34:26
- #1
Hola a todos,
aquí mi ya tercer aporte sobre esta propiedad y una pregunta sobre las posibilidades de un alquiler con opción a compra por falta de capital propio.
Breve resumen de la situación actual: La casa pertenece a una comunidad hereditaria compuesta por mi madre y sus dos hermanos. Hemos vivido en la casa durante ya 7 años. Primero cuidamos de mi abuelo y desde su fallecimiento asumimos todos los costos, incluidos los impuestos sobre la propiedad, etc. - a cambio podemos vivir allí. Recientemente terminé mis estudios, por lo que antes no podíamos hacernos cargo de la casa. Pero incluso ahora no es posible (aún), ya que no disponemos de capital propio y yo estoy empleado temporalmente. Sin embargo, los pensamientos al respecto se vuelven cada vez más concretos y por eso surgió la pregunta sobre un modelo de alquiler con opción a compra. El hecho de que queramos actuar pronto se debe principalmente al retraso en las reparaciones y a los elevados costos operativos asociados; sin embargo, reducir estos costos con inversiones tiene sentido solo cuando realmente invertimos en "nuestra propiedad".
La idea: En adelante pagamos en el marco de un contrato de alquiler con opción a compra una "renta" mensual que se descontará por completo del precio de compra acordado, por ejemplo, durante 10 años a los tres propietarios jurídicos. Al final se paga una cuota final.
Según mi entendimiento actual, hay que tener en cuenta lo siguiente:
- si no se realiza una compra con opción, tras la firma notarial del contrato de alquiler con opción debemos pagar nosotros el impuesto de transmisiones patrimoniales por la parte de mi tío y mi tía; en caso de una compra con opción, el pago del impuesto se pospone al momento en que se ejerce la opción
- Como nosotros asumimos todos los costos, la comunidad hereditaria no tiene pérdidas por alquiler, por lo que probablemente no habría problema si la oficina de impuestos considera toda la operación como una actividad no lucrativa y ellos no pueden declarar gastos deducibles en los impuestos; pero nosotros tampoco podemos declarar el impuesto sobre la propiedad en los impuestos porque durante la "fase del alquiler con opción" no somos los propietarios jurídicos (y en realidad no deberíamos pagar el impuesto sobre la propiedad, al igual que ahora)
- Deberíamos inscribir una reserva de adjudicación en el registro de la propiedad para que, en caso de dificultades financieras por parte de la comunidad hereditaria, no nos quedemos sin derecho a la casa a pesar de los pagos realizados
¿No existe una posibilidad (simple) de que, mediante los pagos mensuales, también nos convertamos jurídicamente en copropietarios de la casa? ¿Para "comprarnos" en la comunidad hereditaria, por así decirlo? Esto reduciría considerablemente el riesgo. Por ejemplo, si dentro de 5 años ocurriera el caso de que ya no quisiéramos comprar la casa pero hubiéramos pagado ya el 40 % del precio de compra, también tendríamos derecho al 40 % del producto de la venta si se vende a terceros.
En un modelo clásico de alquiler con opción a compra esto seguramente es completamente desinteresante para el vendedor, pero aquí se trata de una venta dentro de la familia. Los propietarios no tienen gastos, pero actualmente todavía deben esperar bastante tiempo para recibir ingresos por su herencia. Con un modelo de alquiler con opción a compra o de "compra de participación" todos los involucrados se acercarían un poco al objetivo. Suponiendo que nos pusiéramos de acuerdo sobre tal reglamentación, esto debería, sin embargo, ser regulado de alguna forma jurídica, fiscal, etc. ¿Alguien conoce posibilidades?
aquí mi ya tercer aporte sobre esta propiedad y una pregunta sobre las posibilidades de un alquiler con opción a compra por falta de capital propio.
Breve resumen de la situación actual: La casa pertenece a una comunidad hereditaria compuesta por mi madre y sus dos hermanos. Hemos vivido en la casa durante ya 7 años. Primero cuidamos de mi abuelo y desde su fallecimiento asumimos todos los costos, incluidos los impuestos sobre la propiedad, etc. - a cambio podemos vivir allí. Recientemente terminé mis estudios, por lo que antes no podíamos hacernos cargo de la casa. Pero incluso ahora no es posible (aún), ya que no disponemos de capital propio y yo estoy empleado temporalmente. Sin embargo, los pensamientos al respecto se vuelven cada vez más concretos y por eso surgió la pregunta sobre un modelo de alquiler con opción a compra. El hecho de que queramos actuar pronto se debe principalmente al retraso en las reparaciones y a los elevados costos operativos asociados; sin embargo, reducir estos costos con inversiones tiene sentido solo cuando realmente invertimos en "nuestra propiedad".
La idea: En adelante pagamos en el marco de un contrato de alquiler con opción a compra una "renta" mensual que se descontará por completo del precio de compra acordado, por ejemplo, durante 10 años a los tres propietarios jurídicos. Al final se paga una cuota final.
Según mi entendimiento actual, hay que tener en cuenta lo siguiente:
- si no se realiza una compra con opción, tras la firma notarial del contrato de alquiler con opción debemos pagar nosotros el impuesto de transmisiones patrimoniales por la parte de mi tío y mi tía; en caso de una compra con opción, el pago del impuesto se pospone al momento en que se ejerce la opción
- Como nosotros asumimos todos los costos, la comunidad hereditaria no tiene pérdidas por alquiler, por lo que probablemente no habría problema si la oficina de impuestos considera toda la operación como una actividad no lucrativa y ellos no pueden declarar gastos deducibles en los impuestos; pero nosotros tampoco podemos declarar el impuesto sobre la propiedad en los impuestos porque durante la "fase del alquiler con opción" no somos los propietarios jurídicos (y en realidad no deberíamos pagar el impuesto sobre la propiedad, al igual que ahora)
- Deberíamos inscribir una reserva de adjudicación en el registro de la propiedad para que, en caso de dificultades financieras por parte de la comunidad hereditaria, no nos quedemos sin derecho a la casa a pesar de los pagos realizados
¿No existe una posibilidad (simple) de que, mediante los pagos mensuales, también nos convertamos jurídicamente en copropietarios de la casa? ¿Para "comprarnos" en la comunidad hereditaria, por así decirlo? Esto reduciría considerablemente el riesgo. Por ejemplo, si dentro de 5 años ocurriera el caso de que ya no quisiéramos comprar la casa pero hubiéramos pagado ya el 40 % del precio de compra, también tendríamos derecho al 40 % del producto de la venta si se vende a terceros.
En un modelo clásico de alquiler con opción a compra esto seguramente es completamente desinteresante para el vendedor, pero aquí se trata de una venta dentro de la familia. Los propietarios no tienen gastos, pero actualmente todavía deben esperar bastante tiempo para recibir ingresos por su herencia. Con un modelo de alquiler con opción a compra o de "compra de participación" todos los involucrados se acercarían un poco al objetivo. Suponiendo que nos pusiéramos de acuerdo sobre tal reglamentación, esto debería, sin embargo, ser regulado de alguna forma jurídica, fiscal, etc. ¿Alguien conoce posibilidades?