Olvidar el aislamiento perimetral

  • Erstellt am 24.06.2017 11:17:43

Payday

08.08.2017 10:18:58
  • #1

eso deberías discutirlo primero con tu abogado. ¿por qué deberías demostrar cuánto se ha hecho de cada tramo? en realidad, él debería probar que la cantidad solicitada corresponde correctamente al trabajo realizado. (quien quiere dinero, también debe poder demostrar su legitimidad) muy probablemente, sin embargo, las deficiencias evaluadas pericialmente no sean tan caras como se piensa, por lo que realmente podrías terminar pagando algo más. muchas deficiencias pueden ser compensadas fácilmente y de forma económica mediante métodos alternativos (teóricamente). pero en la práctica probablemente no encontrarás a nadie que quiera hacerlo. si ya tienes un perito, seguramente podrá decirte más o menos cuánto costaría eliminar las deficiencias. ¿el valor está aproximadamente en el monto parcial que el administrador concursal quiere cobrar?

al menos quiere el dinero de inmediato y no aparecer con ello dentro de unos años.
 

Bieber0815

08.08.2017 10:58:07
  • #2
Eso puede ser cierto, en la práctica, en la construcción de una casa, el empresario facturará a su discreción y finalmente iniciará el procedimiento judicial de requerimiento de pago. Entonces, el receptor de la factura debe(!) actuar y necesita pruebas contundentes de que la reclamación no está justificada.
 

jeti79

08.08.2017 11:09:49
  • #3
Día de pago:
La teoría seguramente es correcta. Pero si espero a que algo así se apruebe, yo mismo estaré en quiebra antes.

Por eso, ahora el inventario y contrarrestar esta cantidad de la demanda del administrador concursal.

Así al menos puedo seguir adelante. Si no, me faltan todas las pruebas para rechazar las demandas.
 

Alex85

08.08.2017 20:41:43
  • #4


Tuve el "placer" de llevar a cabo dicho procedimiento de ejecución contra un deudor el año pasado y por lo tanto puedo decir que eso no es cierto. El deudor es notificado por el Juzgado de Ejecución y puede presentar su alegato. Si rechaza la demanda, esto se informa al acreedor o se inicia directamente un procedimiento, si el acreedor así lo ha solicitado al pedir el procedimiento.
En este procedimiento judicial de ejecución nadie examina el contenido, por lo que no hay sentencias. Es más bien un toque de atención para el deudor, quien (si así se desea) recibe la notificación del procedimiento por medio del alguacil. Si él dice "no es cierto", lo que solo implica marcar una cruz en el formulario, entonces el asunto se detiene por el momento. Si no reacciona o acepta su destino, se obtiene por poco dinero y en relativamente poco tiempo un título ejecutable. Buena cosa.

(En mi caso el deudor no respondió, dejó pasar todos los plazos, por lo que al final tuve en mano un título ejecutable. Luego envié al alguacil a embargar, pero no había nada que recuperar o todo estaba por debajo del límite de embargo. Pero el deudor es joven, el título es válido por 30 años, los intereses corren. Algún día ...)
 

Lanini

09.08.2017 07:47:19
  • #5
Tal como lo escribió Alex, ¡así es! En el procedimiento de reclamación de deuda nadie verifica el derecho. Nadie tiene que demostrar nada, ni el acreedor ni el deudor. El acreedor puede solicitar muy fácilmente un [Mahnverfahren] (y luego un [Vollstreckungsbescheid]) sin presentar ninguna prueba de la legitimidad de su reclamación. El deudor puede entonces fácilmente oponerse al [Mahnverfahren] o presentar una objeción al [Vollstreckungsbescheid] simplemente marcando una casilla en un formulario, sin tener que dar una justificación o presentar una prueba, y con ello el asunto queda (por el momento) cerrado. Entonces es el acreedor quien está obligado a actuar; si quiere continuar con el asunto, debe hacer valer su derecho en un procedimiento civil ordinario, fundamentarlo y demostrarlo. Y después el deudor debe/podrá exponer su versión de los hechos y demostrarla. Tras la presentación de pruebas, normalmente se dicta una sentencia.

@ TE: Yo también te aconsejaría primero hablar con tu abogado y considerar qué estrategia es la más inteligente antes de encargar un perito. Pero en cualquier caso, prepárate para la posibilidad de que el asunto tenga que resolverse en un procedimiento civil. El administrador concursal está obligado a cobrar facturas pendientes para el deudor insolvente, con el fin de satisfacer a sus acreedores. Si es necesario, también mediante un procedimiento judicial. No es raro que el administrador concursal presente demandas por facturas impugnadas y no pagadas. Trabajé casi dos años con un administrador concursal antes de que mi camino me llevara a la justicia. Y eso era nuestro “pan de cada día”.
 

jeti79

05.09.2017 19:53:07
  • #6
Un pequeño estado intermedio de nuestra parte:

El perito estuvo en la obra, primero fotografió todo y ya describió las deficiencias existentes como muy graves en cuanto al contenido del contrato.
Es decir: Para obtener el estado que pedimos, habría que demoler la construcción.
Pero lo que también dijo paralelamente es que, por supuesto, podemos alcanzar un valor U similar por otros medios al que "pedimos". Eso alivia un poco el estado emocional...

Mientras tanto he recopilado algunas ofertas y, si todo va bien, sigue siendo financieramente razonablemente soportable. Los constructores no se pelean precisamente por el contrato y señalan que, por supuesto, no quieren asumir ninguna garantía por la base defectuosa, lo cual ahora me da casi igual...

Nuestra rescisión aún no está aprobada, ya que lamentablemente malentendí al abogado y primero debo dar un plazo para la eliminación de deficiencias tanto al administrador concursal como a la empresa constructora. Cuando este plazo haya expirado, podremos finalmente rescindir. Así tendré probablemente el derecho completo a indemnización por daños y perjuicios; incluso en caso de que se nos hagan reclamaciones (lo cual el administrador concursal ya ha anunciado), tendríamos más peso en nuestra argumentación.
 

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