¡Claro que sí! Así es cuando dos mitades están al 100% bajo tierra y dos mitades al 100% sobre el terreno con una altura estándar de piso. Por supuesto, también depende del estado federado, desde qué punto se mide y qué altura tiene el nivel en pendiente. Pero en términos generales, tú describiste el típico sótano de tus vecinos con una media de 140 cm, que con los datos que diste y suposiciones generales no es un piso completo. Eso es algo distinto a que en tu caso sobresalga más de 2/3 o 3/4 en promedio. Eso se calcula y obviamente no se puede ver a simple vista.
Pero al citar cortaste la segunda parte sobre el lado este y oeste: Solo hay un lado completamente subterráneo. 2 están completamente sobre tierra y 1 está mitad sobre y mitad bajo tierra. Con una altura de piso normal, no se llega a 140 cm en promedio.
No. Si no, permitirían un edificio de 3 pisos. Lo que probablemente será un nivel en pendiente es el que puede sobresalir unos 140 cm en promedio. Personalmente incluso dudo que en el nivel en pendiente se puedan tener habitaciones para estar dentro! Pero vamos a no pensar en lo peor ahora.
Los vecinos tienen con seguridad habitaciones para estar (y en parte incluso un apartamento independiente) en el nivel en pendiente. Me sorprendería que lo hagan a todos ilegalmente.
No, eso se calcula. No es a veces así y a veces de otra manera. Un piso completo está sujeto a una definición fija (dependiente de la ordenanza estatal de construcción). No se mencionan las buhardillas porque solo se hablan de pisos completos. Por lo tanto, el techo debe construirse de modo que no sea un piso completo. O bien en el plan de urbanismo se indica, por ejemplo, 2 pisos más buhardilla. Pero aun así no debe ser, en términos de cálculo, un piso completo. Y muy probablemente así será con la pendiente: 2 pisos más un nivel en pendiente que no puede ser un piso completo.
Lo que quiero decir: En muchos planes de urbanismo que he consultado los últimos meses y años en la búsqueda de terrenos, frecuentemente se permitía construir la buhardilla de modo que legalmente fuera un piso completo. Sin embargo, en el plan de urbanismo casi siempre se indicaba II+DG o I+DG. A veces se especificaba por separado "las buhardillas pueden ser pisos completos", pero no siempre. Por lo tanto, no todos los pisos que legalmente cuentan como completos están también incluidos en la cantidad de pisos completos en el plan de urbanismo.
Un sótano puede ser legalmente un piso completo. Eso es correcto. Pero legalmente no existe un nivel en pendiente.
Exacto, ¿por eso un nivel en pendiente no puede ser un piso completo?
Una altura de pared mencionada, por ejemplo, de 9,30 no significa que se permitan 3 pisos o que se pueda ver una pared de 9,30 metros. Puedes construir en la pendiente. Puedes también construir un nivel en pendiente. Solo que con toda probabilidad no podrá ser un piso completo.
Interpretas las cosas según cómo quieres que sean.
Publica aquí el plan de urbanismo.
Luego mira aquí:
https://www.hausbau-forum.de/threads/bebauungsplan-vom-architekt-nicht-eingehalten-konsequenz.33978/
Y aquí con el ejemplo de Pfaffenhofen, para entender qué significan 2 alturas + nivel en pendiente. Se puede ver muy bien qué puede o debe sobresalir un terreno en pendiente, solo parcialmente (a la mitad/140 cm en promedio).
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Entonces hago la pregunta polémica: ¿Puedo construir el nivel en pendiente de modo que no sea un piso completo? La altura de piso está dada en el plan de urbanismo. Por lo tanto, no puedo excavar el nivel en pendiente más profundo. En el plan no se exige relleno del terreno, pero sí se indica el terreno natural. Se permitiría un relleno de hasta 2 m como máximo.
La definición de piso completo aquí en Baviera es: Los pisos completos son los sótanos cuya parte inferior del techo está al menos 1,20 m por encima, en promedio, de la superficie natural o establecida del terreno.
Esto significa que para que el nivel en pendiente no sea un piso completo con terreno natural, debería construir un sótano rastrero con una altura libre máxima de entre 1,6 y 1,7 m.
Con "altura para estar de pie" en el nivel en pendiente, la única manera de que no sea un piso completo es rellenar el terreno. ¿Eso cuenta también como "superficie establecida del terreno"? Y el relleno permitido está limitado por el plan de urbanismo. Con un relleno máximo posible de 2 metros, la mayoría del lado sur estaría bajo tierra. Pero según las reglas para distancias a linderos y ángulos de talud, los primeros 4-5 m en la frontera no lo estarían. No puedo rellenar el lado norte porque sino no accedería a mi garaje y a la entrada. Además, por el garaje, entrada y acceso, y otra vez por las distancias establecidas para taludes y ángulos, solo sería posible mínimamente. No puedo rellenar al este por construcción obligatoria en el límite; la altura del terreno viene dada por el terreno del vecino. Al oeste necesito un talud que lleve la altura del sur a la altura norte. Haciendo un cálculo aproximado, la altura libre en el nivel en pendiente no debería superar 2,1-2,2 m, porque sino sería un piso completo. Además, los rellenos estarían más altos que el terreno en la frontera. Tendría un montículo de tierra en la parcela donde estaría el nivel en pendiente.
En los terrenos ya edificados no es diferente, pero allí nadie tiene una altura evidente más baja en el nivel en pendiente. ¿Crees que todos violan el plan de urbanismo?
Sobre el ejemplo del plan: sí, con una altura máxima por piso de 2,8 m, los niveles en pendiente con la regla que mencionas de 1,4 m no serían pisos completos. ¿Esos 1,4 m válidos en Baden-Wurtemberg? ¿Renania del Norte-Westfalia? En Baviera vale la regla de 1,2 m. Por lo tanto, en la imagen los niveles en pendiente con una altura libre normal (más precisamente desde 2,4 m) serían pisos completos. Según las alturas indicadas, la altura del piso marcada sería de 3 m, ¿no?
Y algo muy importante: yo definitivamente llamaría a tu autoridad local y preguntaría qué es un nivel en pendiente o cómo entienden lo que puedes construir. Solo una vez más: A mí no me importa y no tengo ninguna desventaja si construyes o no. Pero personalmente, en tu lugar no me arriesgaría a planear basándome en una comprensión incierta. Porque todo indica que partes de hechos equivocados, aunque seas muy reservado con la información aquí.
No te preocupes, lo haré. Pero no me imagino que digan que solo puedo construir un sótano rastrero como nivel en pendiente o que tengo que hacer un montículo de tierra en la parcela para esconder el nivel en pendiente.