Plan de desarrollo - Cercas / Muros de contención Pregunta

  • Erstellt am 19.03.2021 17:49:36

11ant

20.03.2021 01:23:08
  • #1
La pregunta sobre en qué medida la cola debería y/o puede mover al perro, ya está respondida: al contrario, sería más aconsejable.
 

karle81

20.03.2021 08:47:00
  • #2
Hola,

gracias primero por las respuestas tan detalladas. Ya se ha acumulado bastante información y también se ha aclarado mucho :)

Parece que Escroda conoce muy bien el plan de urbanismo ;-) Las preguntas se refieren a un terreno en la sección "WA1a", por lo que no aplica lo de los rellenos establecidos.

En los terrenos de esta sección "WA1a" se trata de varios terrenos que se extienden de este a oeste y todos ellos en el lado oeste (especialmente en la parte trasera) están parcialmente mucho más bajos que en el lado este. El último terreno al final de la calle tiene una diferencia de altura de más de 5 m (!), pero también es una excepción.

Aún no hemos podido hablar con el vecino sobre nada (lamentablemente todavía no lo conocemos personalmente, ya que el terreno se acaba de vender), solo que es probable que no rellene su terreno en el lado este (nuestra frontera), ya que su terreno en el lado oeste está unos 3 m más bajo que en el lado este (¿por qué lo subiría más? Supongo que más bien excavaría si quisiera hacer algún cambio).

Nosotros tenemos algo parecido (incluso relativamente leve en comparación con la mayoría de los otros terrenos). En nuestra propiedad, el lado oeste en la parte trasera del terreno está aproximadamente 2 m más bajo que el lado este en la parte trasera. En el lado este se quiere dejar todo tal como está, ya que ahí se encuentra el siguiente terreno y el vecino tampoco quiere hacer cambios allí.

Queremos hacer que el jardín detrás de la casa sea lo más usable posible, para que por ejemplo los niños puedan jugar o se pueda crear un pequeño huerto, por eso al menos una parte detrás de la casa debería ser bastante nivelada o solo con una ligera inclinación y no demasiado empinada.

Entendemos que aquí no se puede conseguir un terreno completamente plano hasta la frontera como en el norte de Alemania ;-) Por eso surgen las preguntas sobre el plan de urbanismo y qué está permitido aquí.

Lo que ahora he entendido es lo siguiente (por favor, corríjanme si me equivoco):

Según el plan de urbanismo, podemos construir un muro de contención junto al vecino (en el límite) con una altura máxima de 50 cm sobre el nivel original del terreno, y aparentemente no es necesario que sea un muro de piedra natural, ya que el plan no permite más altura, excepto para instalaciones auxiliares (que nosotros no tenemos al lado).

Esto significa que en el terreno, más alejado de la frontera, en principio se podrían construir muros de más de 1 m (y no tienen que ser de piedra natural), siempre que se realice relleno. ¿Correcto?

Para excavar hay un límite de 1 m (esto no nos afecta porque en el lado este junto al vecino queremos dejar el terreno tal como está y no queremos excavar ni apuntalar en ningún lugar).

¿Qué otras posibilidades tenemos en el lado oeste para nivelar un poco el terreno en esta zona? ¿Qué pasa, por ejemplo, con las pendientes (que por supuesto tienen que estar adecuadamente aseguradas y dentro de nuestro terreno, pero que también requieren su espacio)?

¿Desde cuándo se considera un muro de contención según el plan de urbanismo?

Gracias por sus comentarios.

Saludos

Karl
 

Escroda

20.03.2021 13:54:08
  • #3

Yo diría que: las formulaciones del plan de desarrollo son, como suele pasar, subóptimas. Un análisis palabra por palabra con su interpretación posterior es difícil. En conjunto, el texto muy extenso da la impresión de haber sido redactado bajo el principio "cuanto más, mejor". Esto aparentemente llevó a un cansancio al revisar el texto. ¿Qué debe entenderse en 2.2.2 por la superficie privada en la frase "Para cerramientos por encima del perfil del terreno de la superficie privada"? Creo que falta un "verde" antes de "superficie".
Mi momento favorito en 1.3.1: En la construcción divergente, la construcción abierta se intensifica...

Sin embargo, la intención del plan es claramente visible en muchos puntos y se resume acertadamente respecto a los cambios de terreno en la justificación bajo el apartado 5.1:
Siguiendo el principio del trato cuidadoso con el bien protegido ‘suelo’, la estructura de acceso debe orientarse según la pendiente; los terrenos deben poder edificarse con el menor volumen posible de movimientos de tierra.
Además está el §10 del código de ordenación territorial, por lo que no veo la adición "en el límite de la propiedad" en 2.2.2 como un permiso libre para cualquier diseño del jardín. En la justificación de 6.3 ni siquiera se menciona la relación con el límite:
Para que el terreno y el espacio no sean fragmentados en exceso por muros de contención o cerramientos, éstos se limitan en altura y tipo a una medida compatible por ambos lados, también con el fin de limitar la excavación. En sentido de un paisaje urbano abierto y verde se permiten cerramientos vivientes y cercas de estructura abierta o muros de contención cerrados hasta 1 m de altura.
Supongo que no se aprobará ningún muro >1 m.

Habla tus deseos con tu diseñador. Al fin y al cabo es él quien debe elaborar y responsabilizarse de los planos de construcción y probablemente no tendrá mucha gana de recibir una notificación de rechazo por las zonas exteriores. Quizás pueda convencerte de las ventajas de mantener al mínimo los movimientos de tierra.
 

karle81

20.03.2021 14:42:28
  • #4
Uno de los problemas en este caso quizás también sea que el proyecto de un plan de desarrollo se externaliza y en el municipio tal vez nadie tiene suficiente experiencia técnica para haberse ocupado realmente del tema o siquiera haber podido ocuparse.

Entonces salen formulaciones como las que tan bien dices "subóptimas".

Tampoco queremos a toda costa construir muros de contención y similares, ya que, como tú ya has señalado, también consume sumas innecesarias de dinero. El terreno debe ser utilizable posteriormente de manera adecuada. Al final, como tantas cosas, es un compromiso.

Las restricciones establecidas en el plan de desarrollo respecto a los muros de contención, desde mi punto de vista, no encajan bien en una zona residencial en la que al menos el 90% de los lotes tienen diferencias de altura >2,5-3m, por eso me sorprende un poco lo "restrictivas" que están formuladas las cosas.

Saludos

Karl
 

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