ypg
23.03.2023 01:45:30
- #1
Yo también podría insistir en que se instalen las tuberías de cobre, tal como se acordó contractualmente, ¿no? Es mi derecho recibir lo que he pagado o lo que se acordó. ¿O estoy equivocado?
Entonces se puede: insistir en que todo sea cambiado.
Si comprensiblemente no quieres eso, entonces no hay compensación económica que cubra lo que HUBIERA costado. Para eso hay una pequeña cantidad fija, que al parecer (no soy experto en la materia) es un pago compensatorio equivalente.
Según un técnico sanitario y de suministro amigo mío, los costos por el cambio superarían ampliamente los 10.000,00 €. Por no hablar de los costos consecuentes (el baño y el aseo de invitados tendrían que ser alicatados de nuevo, la casa no sería habitable durante ese tiempo porque no habría agua caliente disponible, por lo que el promotor tendría que proporcionar alojamiento alternativo, ...). Los costos consecuentes también corren por su cuenta. Como ya se dijo, esto afecta a 3 partes y nos pusimos de acuerdo en esa cantidad entre todos. Y no, no soy profesor ni es por mi ego ;). Se trata de hechos, por ejemplo, que según la literatura el cobre es menos propenso a la corrosión que el acero. Si eso implica que tendré que cambiar las tuberías 20 años antes, entonces me ocasiona un daño significativo que no se cubre con 500 €.
No, ahí te equivocas. Los pagos por acuerdo no son pagos por el monto de la “reparación”. Al contrario. Son la compensación por la “perdida”. La pérdida podría ser de 1000 €, esa es la que se paga, la dirección opuesta podría significar 100.000 €. Ahora quieres esos 100.000 € en lugar del pago compensatorio de 1000 €. Así no funciona.
Hay que encontrar y corregir primero 70 defectos, chapeau también al promotor por haber solucionado la mayoría.
Bueno, yo también pienso más bien: ¿qué es lo que se está reclamando para que se hablen de 70 defectos? Se trata de defectos jurídicamente vinculantes. Si fueran 5, 10 o incluso 20 defectos (hay muchos oficios involucrados)... pero ¡70! ... ¿qué es todo lo que se denomina “defecto”?
Sin perito soy más bien escéptico; en estos años he leído demasiados disparates aquí.
Quien evita un perito y sus costos también debe asumir que ante defectos aparentemente graves no obtendrá lo que le corresponde.
¿Cuál es el problema de que el conocido perito no certifique los defectos por escrito?