Financiamiento de construcción, 2 prestatarios

  • Erstellt am 05.02.2016 13:37:52

PH0110

05.02.2016 13:37:52
  • #1
Hola,

tengo una pregunta respecto a la financiación de vivienda. Brevemente sobre la situación.

Mi novia y yo queremos adquirir una propiedad. Yo ya cuento con algo de capital propio, mi novia aún no ha tenido la oportunidad de ahorrar debido a sus estudios. Teóricamente podría realizar la financiación al 100% por mí mismo, pero mi novia no quiere eso. Ella quiere financiar la propiedad también. Tampoco funciona la forma en que ambos financien el 50%, ya que, como mencioné, ella aún no dispone de capital propio. Por lo tanto, ella quiere financiar con un porcentaje diferente. Este debe ser flexible, de modo que cada uno pueda realizar pagos extraordinarios según su criterio.

¿Cómo es la situación legalmente cuando ambos socios han firmado en el banco y uno no puede o no quiere pagar más? Lógicamente, el banco se dirige al segundo prestatario. Esto está claro. Pero ¿qué pasa si la relación (no casados) termina y se han ingresado sumas desiguales en la cuenta común de financiación? Por ejemplo, yo el 75%, mi novia el 25%. ¿Tiene ella derecho a reclamar la devolución completa del 25% ya pagado para la financiación? (En mi opinión, así habría vivido gratis en la propiedad durante ese tiempo). ¿O el banco automáticamente retiene una parte proporcional equivalente al alquiler habitual en la zona, o debe ella “liberarse” del contrato con el banco? ---> ¿Cómo es la situación respecto a la inscripción en el registro de la propiedad, la escritura notarial y el banco?

¡Muchas gracias de antemano por las aportaciones!
 

ONeill

05.02.2016 13:53:25
  • #2
Mi novia y yo tenemos la misma situación. Ambos estaremos igualados en la financiación y en el registro de la propiedad, es decir, ambos somos igualmente responsables. Pero como yo también aporto capital propio y yo aportaré aproximadamente 2/3 y mi novia 1/3 de la cuota, haremos un contrato de sociedad que regule todas las condiciones y que también establezca lo financiero en caso de separación. Algo así deberían hacer en su situación también. Cuesta un poco porque tiene que hacerse ante notario, pero así todos están seguros.

Al banco no le importa de qué fuente proviene exactamente el dinero.
 

m_l_r_s

05.02.2016 14:16:47
  • #3
Con nosotros es así, que hacemos todo en conjunto y al 50/50.
Como el Socio A tiene más capital propio que el Socio B, el Socio A presta una parte del capital propio sin intereses al Socio B. Esto debe ser reembolsado en caso de separación. Creemos que así hemos encontrado una buena solución.
 

PH0110

05.02.2016 15:36:51
  • #4
Gracias primero por las respuestas rápidas!

Sobre ONeill:
No somos iguales, ya que yo aporto capital propio y también contribuiré más (aproximadamente el 75%) a la financiación. Sin embargo, esto puede variar, entre otras cosas, por los pagos de bonificaciones. Por eso me parecería injusto ser inscrito en el registro de la propiedad "solo" al 50%.
¿Cómo habéis regulado esto en caso de separación, se reembolsa la suma ya pagada íntegramente a tu pareja o solo parcialmente y por ti? Si es parcial, ¿en qué proporción? ¿Cómo se reguló esto? (¿Se retiene parte del alquiler habitual?) -> Esta es mi propuesta, ya que de lo contrario ella habría vivido en la propiedad sin coste alguno tras la devolución total.

Sobre m_l_r_s:
Esto no funciona para nosotros, ya que yo aporto capital propio y gano más, por lo que financio más. ¿Qué pasa si la pareja B no puede devolver el dinero prestado y utilizado para la financiación en caso de separación?
Por lo demás, me parece una buena solución.
 

tomtom79

05.02.2016 15:46:05
  • #5
Incluir el capital propio en el contrato notarial al comprar-construir.

Reglas sobre quién puede quedarse con la casa en caso de separación.

Entre ustedes, lo mejor es redactar un contrato de GbR con un asesor fiscal y listo.
 

nordanney

05.02.2016 22:22:07
  • #6
Deberíais distinguir entre la relación externa con el banco = contrato de préstamo. Allí sois iguales, es decir, ambos sois completamente responsables. Tampoco se puede regular de otra manera.

Luego está la relación interna entre tú y tu novia. Aquí podéis acordar lo que queráis. Lo mejor es hacerlo mediante un contrato notarial.

El registro de la propiedad queda inicialmente fuera de esto. Al banco realmente no le importa cómo repartís las participaciones. Sin embargo, debería coincidir con las reglas que hayáis establecido en la relación interna.
 

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