Steglitz
08.09.2016 11:10:02
- #1
La ventaja de regular algo así clara y explícitamente en el contrato es que se puede ejecutar directamente una pena contractual, sin necesidad de demostrar primero un retraso. Por ejemplo, puedes establecer que el inicio de la construcción sea a más tardar 6 semanas después de la entrega del permiso de construcción, con la obligación simultánea de que la empresa constructora debe terminar en un plazo de 7 meses desde el inicio de la construcción. La fuerza mayor, el clima, disturbios u otros retrasos no imputables a la empresa constructora extienden el plazo en consecuencia.
Luego, una pena contractual razonable por semana que cubra tu doble carga por el alquiler y los costos de financiación, vinculándola a la culpa de la empresa constructora y limitándola, por ejemplo, al máximo del 5% del valor total de la construcción.
Si eres amable, defectos menores y reparaciones razonables no excluyen la finalización. Siempre queda algo por pintar o arreglar, lo cual se puede hacer sin problemas después de mudarse.
Así es como lo hice y me fue bastante bien. También ves si la empresa constructora tiene un plan de tiempos de construcción razonable. Debes pedirlo al inicio de los trabajos porque así se detectan los retrasos bastante temprano.
Luego, una pena contractual razonable por semana que cubra tu doble carga por el alquiler y los costos de financiación, vinculándola a la culpa de la empresa constructora y limitándola, por ejemplo, al máximo del 5% del valor total de la construcción.
Si eres amable, defectos menores y reparaciones razonables no excluyen la finalización. Siempre queda algo por pintar o arreglar, lo cual se puede hacer sin problemas después de mudarse.
Así es como lo hice y me fue bastante bien. También ves si la empresa constructora tiene un plan de tiempos de construcción razonable. Debes pedirlo al inicio de los trabajos porque así se detectan los retrasos bastante temprano.