nenni06
02.07.2015 10:23:11
- #1
Hola a todos,
lamentablemente no he encontrado un hilo adecuado existente para esto.
Quiero construir una casa. Quiero encargarme yo mismo del terreno y de la financiación.
Ahora tengo que firmar un contrato de obra. Sin embargo, la financiación aún no está finalizada. Aunque existe un derecho de desistimiento si la financiación de la construcción no funciona, hay algunas cosas que no me quedan claras.
En el contrato dice:
"El cliente tiene derecho, conforme a las disposiciones siguientes, a desistir del contrato de obra si no tiene la posibilidad de obtener un préstamo de financiación para la construcción para la ejecución del contrato de obra"
y además
"El derecho de desistimiento solo existe si está claro que el préstamo de financiación para la construcción y/o el préstamo para ayudas financieras necesarios para la construcción del edificio pedido no se pueden conceder. El cliente se compromete a solicitar un préstamo de financiación para la construcción por un importe razonable en una institución financiera reconocida de su elección. Si la institución financiera seleccionada rechaza el crédito, el cliente está obligado a solicitar la concesión de la financiación necesaria para la construcción en otras instituciones financieras. Además, en caso de la primera denegación del crédito, el cliente debe dar al contratista la oportunidad de examinar las posibilidades de financiación a través del servicio de financiación del contratista y de mediar al cliente un préstamo de financiación para la construcción por un importe adecuado y con condiciones de mercado en una institución financiera reconocida. En este sentido, el cliente está obligado a proporcionar al servicio de financiación del contratista información completa y correcta sobre su situación patrimonial y a hacer todo lo posible para permitir una decisión positiva sobre el crédito.
Si existen al menos tres denegaciones de crédito de instituciones financieras reconocidas y el servicio de financiación del contratista, a pesar de la información completa sobre la situación patrimonial del cliente y su apoyo, no está en condiciones de mediar la concesión del préstamo de financiación para la construcción necesario, se considera entonces demostrado que no se puede conceder un préstamo de financiación para la construcción."
¿Qué significa exactamente que para mí no existe la posibilidad de una financiación para la construcción? Imaginemos que he calculado que puedo pagar una cuota mensual de 1000 euros. Supongamos que durante la financiación resulta que una financiación es posible, pero solo con una cuota mensual de 1500 euros. Entonces, una financiación sería posible, pero no con la cuota deseada y, por lo tanto, no factible.
¿Se aplicaría entonces la cláusula de desistimiento?
¿Alguien puede dar información al respecto?
Saludos
nenni06
lamentablemente no he encontrado un hilo adecuado existente para esto.
Quiero construir una casa. Quiero encargarme yo mismo del terreno y de la financiación.
Ahora tengo que firmar un contrato de obra. Sin embargo, la financiación aún no está finalizada. Aunque existe un derecho de desistimiento si la financiación de la construcción no funciona, hay algunas cosas que no me quedan claras.
En el contrato dice:
"El cliente tiene derecho, conforme a las disposiciones siguientes, a desistir del contrato de obra si no tiene la posibilidad de obtener un préstamo de financiación para la construcción para la ejecución del contrato de obra"
y además
"El derecho de desistimiento solo existe si está claro que el préstamo de financiación para la construcción y/o el préstamo para ayudas financieras necesarios para la construcción del edificio pedido no se pueden conceder. El cliente se compromete a solicitar un préstamo de financiación para la construcción por un importe razonable en una institución financiera reconocida de su elección. Si la institución financiera seleccionada rechaza el crédito, el cliente está obligado a solicitar la concesión de la financiación necesaria para la construcción en otras instituciones financieras. Además, en caso de la primera denegación del crédito, el cliente debe dar al contratista la oportunidad de examinar las posibilidades de financiación a través del servicio de financiación del contratista y de mediar al cliente un préstamo de financiación para la construcción por un importe adecuado y con condiciones de mercado en una institución financiera reconocida. En este sentido, el cliente está obligado a proporcionar al servicio de financiación del contratista información completa y correcta sobre su situación patrimonial y a hacer todo lo posible para permitir una decisión positiva sobre el crédito.
Si existen al menos tres denegaciones de crédito de instituciones financieras reconocidas y el servicio de financiación del contratista, a pesar de la información completa sobre la situación patrimonial del cliente y su apoyo, no está en condiciones de mediar la concesión del préstamo de financiación para la construcción necesario, se considera entonces demostrado que no se puede conceder un préstamo de financiación para la construcción."
¿Qué significa exactamente que para mí no existe la posibilidad de una financiación para la construcción? Imaginemos que he calculado que puedo pagar una cuota mensual de 1000 euros. Supongamos que durante la financiación resulta que una financiación es posible, pero solo con una cuota mensual de 1500 euros. Entonces, una financiación sería posible, pero no con la cuota deseada y, por lo tanto, no factible.
¿Se aplicaría entonces la cláusula de desistimiento?
¿Alguien puede dar información al respecto?
Saludos
nenni06