¿Comprar la casa de la abuela o esperar a la herencia?

  • Erstellt am 10.10.2021 14:18:41

Tolentino

20.10.2021 15:03:30
  • #1
Si leo esto así, seguramente me aseguraré de que al morir no quede nada para heredar. Solo una montaña enorme de deudas, para que la decisión de renunciar a la herencia no sea tan difícil. Los objetos sentimentales se pueden regalar antes.
 

Grundaus

21.10.2021 08:32:27
  • #2

si no planeas morir durante tu vida laboral, no será posible tener muchas deudas. Como jubilado, debido a la directriz de crédito para bienes inmuebles residenciales, ni siquiera consigues un financiamiento del 80%, y con los créditos al consumo no es mejor.
 

RomeoZwo

24.10.2021 09:12:24
  • #3


Eso puede estar así en una declaración de uso, pero si solo es una parcela, ella solo posee el XX% de esa parcela con todas las casas que hay sobre ella.

En combinación con la disputa con la hermana, eso es realmente una bomba. Si la hermana se niega, después del fallecimiento solo queda una subasta de partición. Y en esa se subasta toda la propiedad con ambas casas. Es decir, tus padres tendrían entonces el importe del XX% del precio de venta en su cuenta pero ya no tendrían ninguna casa.

Espero mucho que el notario lo haya reconocido en su momento e inscribiera algún derecho de tanteo en caso de fallecimiento. Consigan la nota simple del registro de la propiedad. Tus padres son copropietarios y tienen un interés legítimo. O busquen el contrato de compraventa entre la abuela y tu madre, ahí también está detallado. Si tienes eso, puedes consultar de nuevo las opiniones de legos (no asesoramiento legal) en este foro.
 

RomeoZwo

24.10.2021 09:17:45
  • #4

Y además, si no hay derechos de uso detallados en la escritura notarial, en realidad solo le debes tu renta en un X% a la abuela y en un Y% a tu madre. Igualmente, tus padres deberían pagar un A% del alquiler a la abuela y la abuela un B% del alquiler a tus padres.

Si tienen la posibilidad, construyan al menos a 1 km de distancia o_O.
 

Pinkiponk

24.10.2021 12:04:41
  • #5

Excepcionalmente no puedo estar completamente de acuerdo contigo, porque para eso existen leyes, ¿no?

Entendí que la abuela y la madre (de S. Meyer) figuran cada una con un 50% en el registro de la propiedad para todo el inmueble. Para mí, esto significa que después del fallecimiento de la abuela, el 50% del inmueble pasará a ser repartido/pagado entre los tres hijos (uno de ellos es tía de S. Meyer, otro es tío de S. Meyer y otro es madre de S. Meyer).
El hermano/tío de S. Meyer ha asegurado (¿verbalmente o por escrito?) que no quiere más participación. Si esto se mantiene, entonces el 50% del inmueble se dividirá entre la tía de S. Meyer y la madre de S. Meyer, es decir, un 25% para cada una.
Si la madre de S. Meyer quiere pagarle a su hermana/tía de S. Meyer, puede surgir el problema de que la hermana/tía exija un precio muy alto debido a que los precios de los terrenos han aumentado en el ínterin. No sé cuáles disposiciones legales se aplican en un caso así ni si es necesario obtener una tasación actual, pero quizás otro apreciado comentarista lo sepa. :)

@S. Meyer: ¿Me corriges por favor o me he olvidado de alguien?
 

11ant

24.10.2021 12:34:36
  • #6
"O" es correcto, porque lamentablemente no existen leyes contra que uno se enfrente y se pelee en disputas de derecho hereditario. Algunas personas incluso llegan a conocer a parientes tan lejanos que antes ni siquiera se habían intercambiado cartas navideñas, y mucho menos aparecían en fotos de reuniones familiares. Sobre todo entendí que la TE lamentablemente solo supone, cuando realmente necesitaría hechos comprobados, ya que no se puede trabajar con suposiciones aquí. Tus otras conclusiones no me parecen incorrectas en esencia, solo que lamentablemente están basadas en suposiciones, ya que por ahora seguimos especulando.
 

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