Hemos rechazado la aceptación. El acta de aceptación no fue firmada por ninguna de las partes.
Hemos retenido el 5 % de la garantía de seguridad (él nos la había facturado) y aún está pendiente la cuota F) según el contrato de mediación y contrato de promotor (vencida al finalizar).
Desde mi punto de vista (pero como es sabido no soy jurista) esto no es suficiente, porque según el estado de los documentos no pasa de ser un mero incumplimiento del plazo por vuestra parte. Vuestro testigo debería confirmar que estuvisteis allí y cómo se desarrolló la cita (es decir, firmar el acta, si es necesario mediante un anexo a los contenidos preimpresos que sea correspondientemente completo). De ello hacéis luego una copia y la autenticáis. Así quedará demostrable más tarde que la cita fue infructuosa.
Pienso que hay que entregar el asunto formalmente con plazo. Luego él vuelve a estar en turno. Se puede hacer también de manera amable pero firme y mantener el contacto.
Yo también veo eso como el procedimiento correcto. El empresario debe ser formalmente advertido por la falta de la disponibilidad acordada y confirmarse el no vencimiento aún de la cuota F. De lo contrario, lo veo atacándoos por vuestra morosidad desde su punto de vista.
Porque el electricista se puso enfermo de forma imprevista y por eso aún no pueden conectar. Esa fue la justificación.
*ROTFL* ya no pago facturas porque mi banquero está enfermo :-)