Ahí se puede discutir principalmente si se fuera parte y contraparte ;)
1) Deber de informar por una pregunta concreta: aquí la pregunta: ¿el sótano alguna vez estuvo húmedo? Si el vendedor dice que no y no es así, entonces no ha cumplido con su deber de informar
¿La pregunta surgió solo después de la compra? Pero casi no importa
si el sótano alguna vez estuvo húmedo. Algunos sótanos, solo para seguir con el ejemplo, están húmedos de vez en cuando. Luego se secan o se dejan secar y listo. Por lo general, se tiene más problemas con el mobiliario cuando se seca técnicamente.
Más interesante es el
motivo detrás de la humedad que se sospecha aquí. ¿Está solucionado? ¿O hay una fuga que hace que la humedad aparezca una y otra vez? Si fue una lavadora, entonces descarto educadamente este tema y miro espacios más importantes.
Pero esta situación parece que aquí no está presente. Porque hay indicios de que algo se ha hecho. Por cierto, esos agujeros también pueden tener otras causas... como ya se dijo: la humedad se huele, la alta humedad se siente... con buen olfato incluso se puede oler moho si es que hay :)
2) Deber de informar sin pregunta del comprador: aquí hay ciertos temas que deben considerarse como tales, asbestos ya lo mencionaste tú mismo...... a esto también se incluye, por ejemplo, un sótano húmedo por falta de impermeabilización.
Pero para eso primero debe ser conocido por el vendedor que algo está instalado o falta.
Con eso se anula el contrato y queda inválido. Por lo tanto, el comprador puede exigir la devolución del precio de compra.
Si fuera tan simple. No lo es. Se espera que el comprador antes de comprar se encargue de obtener el conocimiento técnico.
Por eso generalmente en el contrato aparece la cláusula "visto y comprado como está".
Y sí: la mala fe y el engaño ciertamente no son delitos menores, pero aquí no lo veo.
Buen fin de semana
P.D. Por cierto, respecto a esos "agujeros" yo pensaba más bien en marcas de varillas de construcción.