Ok, entonces voy a explicar un poco más. Ya tengo una aprobación previa de construcción. La única condición es una servidumbre de áreas de distancia sobre el terreno 2), ya que se supera la construcción límite de 15 metros. El garaje ("garaje simple" sin terraza ni taller) debe tener aproximadamente 6mx7m y las distancias de ambas paredes laterales así como de la pared trasera a la correspondiente línea límite del terreno son menores de 3 metros, siendo una de las paredes laterales contigua al terreno 2). La puerta secundaria de entrada y la ventana no formaban parte de la solicitud previa de construcción y ahora solo se trata de si en principio se puede construir esto en la línea límite entre 1) y 2) o no. No existe un plan de ordenación urbanística para la región y no hay otras servidumbres registradas. La propuesta de la servidumbre de unión vino de un arquitecto.
El problema del 6% me es conocido. Sin embargo, puedo vender mis participaciones por separado, eso es posible en una comunidad de propiedad en proindiviso.