Está bien, probablemente tiene sentido echar un vistazo / escuchar con atención en el nuevo vecindario.
Tema coeficiente de ocupación del suelo:
Tenemos un coeficiente de ocupación del suelo de 0,4. Por lo tanto, se permite construir [522m² x 0,4] -> coeficiente de ocupación I = 209m²
Si entiendo bien el § 19 de la Ordenanza de Uso del Suelo, la entrada, el área del carport, el cobertizo y los caminos peatonales también cuentan para la construcción. Sin embargo, con estas cosas se podría exceder el coeficiente de ocupación en un 50 %.
Coeficiente de ocupación I x 1,5 = coeficiente de ocupación II = 314m²
Si la superficie de nuestra casa sigue siendo de 10,5 x 9,5 = 100m², entonces podemos construir otros 214m² para las "instalaciones auxiliares", ¿correcto?
¿Qué pasa con una terraza? ¿Se tiene en cuenta? Si es así, ¿en qué apartado? No encuentro información clara al respecto en Google...