Escroda
29.07.2019 20:17:04
- #1
¿Ya que el plan fue presentado y aprobado así?
¿De lo contrario no hubo condiciones ya que fue un procedimiento exento de aprobación?
Eso es una contradicción. Probablemente se trate del procedimiento de exención según el §67 de la Ley Estatal de Construcción. El municipio y/o la autoridad de supervisión de la construcción entonces no tienen que revisar nada, ya que tampoco aprueban nada. Los responsables de cumplir con todas las normativas son el arquitecto y el promotor. Entre los documentos de construcción también debe incluirse un cálculo comprensible de la tasa de ocupación/superficie edificable. Si este cálculo es correcto y no quieres desviarte sustancialmente de él, no tienes que preocuparte.
Si los recortes de los planos también fueron elegidos de forma muy parca, para mí parece que estás lejos del límite del 20%. Pero eso también debe demostrarse en los documentos de construcción. En general se puede asumir que nadie vendrá a medir, a menos que exageres muchísimo con el pavimento.