Matt.712
12.06.2021 17:49:49
- #1
Hola a todos,
tenemos algunas preguntas sobre el tema de las superficies de distancia en las que necesitamos vuestra y su ayuda. Para mayor claridad, hemos hecho un bosquejo al que nos referimos. Vivimos en una casa adosada en esquina (Casa A) en Múnich con dos garajes contiguos (A = garaje propio y ajeno). El área edificable es muy amplia, de modo que además del garaje ajeno se puede construir una franja de 4,2 m de ancho hasta el límite de construcción. Nuestra idea es que allí podría ser posible realizar otra casa PLAN. Sin embargo, no sabemos si esto es legalmente posible. Para las casas más allá del camino público, podemos cumplir las superficies de distancia utilizando el privilegio de 16 m ½ * H = 3,77 m. ¿Es correcto?
¿Pero cómo es la situación con respecto al garaje ajeno? ¿Se deben respetar aquí las superficies de distancia? Un garaje no tiene superficie de distancia y puede construirse directamente junto a una casa. ¿Puede, al contrario, la casa PLAN construirse directamente junto al garaje ajeno? ¿Y se requiere para ello el consentimiento de los propietarios del garaje ajeno?
Además, no está claro para nosotros si la casa PLAN significa una continuación de la fila de casas, ya que la "adherimos" directamente a la Casa A (por la esquina al oeste). ¿Se deben respetar las superficies de distancia entre la casa PLAN y la Casa A? ¿Y se requiere para ello el consentimiento de los propietarios del garaje ajeno?
Si deben respetarse las superficies de distancia, ¿existe quizá alguna excepción o una regulación compensatoria / ponderación de intereses que nos compense la desventaja provocada por el garaje ajeno en medio del terreno y con ello la limitación considerable del proyecto de construcción? Sobre todo porque en el plan de ordenación urbana (de 1983) no se preveían garajes, sino otra casa adosada a la Casa A.
Muchas gracias por la ayuda y ¡todo lo mejor!
Un cordial saludo,
Matthias P.
Aquí nuevamente el bosquejo:

tenemos algunas preguntas sobre el tema de las superficies de distancia en las que necesitamos vuestra y su ayuda. Para mayor claridad, hemos hecho un bosquejo al que nos referimos. Vivimos en una casa adosada en esquina (Casa A) en Múnich con dos garajes contiguos (A = garaje propio y ajeno). El área edificable es muy amplia, de modo que además del garaje ajeno se puede construir una franja de 4,2 m de ancho hasta el límite de construcción. Nuestra idea es que allí podría ser posible realizar otra casa PLAN. Sin embargo, no sabemos si esto es legalmente posible. Para las casas más allá del camino público, podemos cumplir las superficies de distancia utilizando el privilegio de 16 m ½ * H = 3,77 m. ¿Es correcto?
¿Pero cómo es la situación con respecto al garaje ajeno? ¿Se deben respetar aquí las superficies de distancia? Un garaje no tiene superficie de distancia y puede construirse directamente junto a una casa. ¿Puede, al contrario, la casa PLAN construirse directamente junto al garaje ajeno? ¿Y se requiere para ello el consentimiento de los propietarios del garaje ajeno?
Además, no está claro para nosotros si la casa PLAN significa una continuación de la fila de casas, ya que la "adherimos" directamente a la Casa A (por la esquina al oeste). ¿Se deben respetar las superficies de distancia entre la casa PLAN y la Casa A? ¿Y se requiere para ello el consentimiento de los propietarios del garaje ajeno?
Si deben respetarse las superficies de distancia, ¿existe quizá alguna excepción o una regulación compensatoria / ponderación de intereses que nos compense la desventaja provocada por el garaje ajeno en medio del terreno y con ello la limitación considerable del proyecto de construcción? Sobre todo porque en el plan de ordenación urbana (de 1983) no se preveían garajes, sino otra casa adosada a la Casa A.
Muchas gracias por la ayuda y ¡todo lo mejor!
Un cordial saludo,
Matthias P.
Aquí nuevamente el bosquejo: