Hola Belray,
Tu arquitecto no puede valorar si el terreno puede dividirse realmente.
Un arquitecto capacitado puede hacer una declaración basándose en la densidad de uso del suelo y el índice de edificabilidad, incluidas las construcciones planificadas, sobre si los terrenos divididos aún ofrecen la posibilidad de la construcción deseada/planificada o no, o cuán extensa puede ser la construcción.
Eso solo puedes consultarlo en el ayuntamiento.
La respuesta del ayuntamiento solo puede darse en función de la planificación del arquitecto. El ayuntamiento no puede saber, sin la presentación de un plan de construcción concreto que incluya la división, si se viola el derecho de planificación o no.
Normalmente no habrá nada al respecto en el plan de ordenación urbana,
El tipo y la medida del uso del suelo están mencionados en primer lugar en el Código de Construcción §9 (1). Teóricamente, un plan de ordenación urbana también puede elaborarse sin esta determinación, pero normalmente se incluyen alrededor de 8-10 criterios estándar; si faltan, es solo cuestión de poco tiempo hasta que haya la primera demanda contra el plan de ordenación urbana.
porque al elaborar el mismo ya se ha realizado la parcelación "definitiva".
El plan de ordenación urbana no regula una parcelación definitiva.
Por lo tanto, ve al ayuntamiento o a la oficina de construcción y haz que te lo confirmen por escrito con la hoja catastral en la mano.
Al solicitante ya se le ha facilitado un contacto competente. No es necesario que te confirmen el extracto catastral, porque un extracto catastral es en sí mismo un producto oficial, es decir, un documento estatal. La división de terrenos sin edificar está exenta de aprobación (en NRW). Si se necesita una autorización de división, esta solo puede ser solicitada (en NRW) por un topógrafo público - otros estados federales tienen regulaciones diferentes, pero en general actúan de manera similar.
De lo contrario, como ya se mencionó, te queda la división según la Ley de Propiedad Horizontal (WEG). Pero eso tampoco es un problema. Aquí la división se regula prácticamente en el ámbito interno entre los dos propietarios.
Esto en el caso presente no es ni deseado ni necesario.
Saludos cordiales Dirk Grafe