WilderSueden
07.04.2022 15:02:27
- #1
En la ley dice:
(1) Si las circunstancias que constituyeron la base del contrato han cambiado gravemente después de la celebración del mismo y las partes no hubieran celebrado el contrato o lo hubieran hecho con un contenido diferente de haber previsto este cambio, se podrá exigir la adaptación del contrato, siempre que a una de las partes, teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso concreto, en particular la distribución contractual o legal del riesgo, no se le pueda exigir que mantenga el contrato sin cambios.
Por ejemplo, veo que un empresario que observa el entorno tuvo que contar en enero con nuevas subidas de precios. Al menos, mi contratista general (GU) comentó en enero que ya le estaban llegando numerosas notificaciones de aumentos de precios de alrededor del 10%. Dado que solo el material se ha encarecido y que en esos dos meses los salarios seguramente no han aumentado de un modo imprevisible, veo poco que corresponda a eso.
Valores como "20%" pueden venir como orientación de la práctica, pero en la ley no dice nada al respecto,
(1) Si las circunstancias que constituyeron la base del contrato han cambiado gravemente después de la celebración del mismo y las partes no hubieran celebrado el contrato o lo hubieran hecho con un contenido diferente de haber previsto este cambio, se podrá exigir la adaptación del contrato, siempre que a una de las partes, teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso concreto, en particular la distribución contractual o legal del riesgo, no se le pueda exigir que mantenga el contrato sin cambios.
Por ejemplo, veo que un empresario que observa el entorno tuvo que contar en enero con nuevas subidas de precios. Al menos, mi contratista general (GU) comentó en enero que ya le estaban llegando numerosas notificaciones de aumentos de precios de alrededor del 10%. Dado que solo el material se ha encarecido y que en esos dos meses los salarios seguramente no han aumentado de un modo imprevisible, veo poco que corresponda a eso.
Valores como "20%" pueden venir como orientación de la práctica, pero en la ley no dice nada al respecto,