Contrato de la casa firmado

  • Erstellt am 22.11.2010 16:14:10

Bauexperte

25.11.2010 12:04:32
  • #1
Hola Madonna,

Ya basta - el rojo no me queda bien


El contrato es vinculante cuando has recibido dentro del plazo indicado una confirmación de pedido legalmente vinculante por parte de Okal Haus - la conversación con el arquitecto no es relevante para los plazos para la aceptación de contratos.


NO. Solo puedes cancelar si aún no dispones de la confirmación del pedido al contrato (incluidos todos los servicios acordados, también el derecho de desistimiento), el plazo legal ya ha expirado y no se ha acordado nada diferente.


También significa, pero además, que tú te has comprometido a utilizar este plazo para las conversaciones con el banco, de lo contrario, según toda experiencia (letra pequeña):


No puedes ahora simplemente dejar pasar el plazo sin hacer nada, creyendo que entonces podrías cancelar. ¡No es así!


Debes primero verificar cuándo firmaste el contrato de obra, luego observar si y cuándo recibiste la confirmación del pedido. Si hay más de 14 días hábiles entre ambos (considera también el tiempo de envío postal), en mi opinión tienes buenas posibilidades de salir del contrato de obra. Si todo se ha tramitado correctamente (y apenas puedo imaginar que el buen doctor deje que pasen los plazos) deberías buscar rápidamente la conversación con el banco que prefieres, porque entonces ya eres propietaria.

Lo único que puede “salvarte” en ese momento – siempre y cuando todo sea correcto – es un certificado negativo de la entidad financiera que prefieras sobre tus posibilidades de financiación o la disposición de Okal Haus, aunque esta última probablemente aún tenga la posibilidad de organizar su propia financiación (letra pequeña).

En cualquier caso, ahora deberías buscar rápidamente la conversación con un abogado de tu confianza. No puedo/permiso darte asesoramiento legal, el área del asesoramiento legal concreto en Alemania está asignada a los abogados.

Saludos cordiales
 

madonna

25.11.2010 13:28:11
  • #2
GRACIAS GRACIAS GRACIAS.



Firmé el contrato el 14.11.2010 en una exposición de casas. Hasta ahora no he recibido ninguna confirmación del pedido.



Es así que, entre otras cosas, firmé que adquiriré el terreno próximamente. Como dije, aún pertenece a mi madre, quien desea regalármelo pronto. Si mi madre no me lo regalara antes de este plazo, la financiación no se concretaría, porque ¿quién me daría una aprobación de crédito (sin terreno ni capital propio)?

Mis padres aún no saben en qué me he metido y creo que me van a echar la bronca cuando lo sepan.

Muchas gracias de nuevo por el gran asesoramiento, ya me habría vuelto loco hace tiempo.
 

giftmischer

25.11.2010 20:17:34
  • #3
Hola,

como el contrato aún no ha sido confirmado por parte del cliente, podrías intentar cancelarlo según $649 del Código de Construcción:

"El cliente puede cancelar el contrato en cualquier momento antes de la finalización de la obra. Si el cliente cancela, el empresario tiene derecho a reclamar la remuneración acordada; sin embargo, debe descontarse lo que haya ahorrado por la cancelación del contrato debido a gastos no incurridos o lo que haya ganado o dejado de ganar dolosamente mediante otro uso de su fuerza laboral. Se presume que, en ese caso, al empresario le corresponden el 5 por ciento de la remuneración acordada correspondiente a la parte de la obra aún no realizada."

¿Esto significaría que, si no se ha hecho nada aún, le corresponden como máximo el 5% del importe total, no?
 

6Richtige

25.11.2010 20:53:16
  • #4
Corrijo de mala gana, pero solo existe derecho de desistimiento en los contratos celebrados en el domicilio del consumidor.

No existe desistimiento gratuito en los contratos de construcción de casas prefabricadas Karlsruhe - Un contrato en el que un empresario se compromete a la construcción de una casa en fases mediante pagos parciales es un contrato de obra. Los consumidores no pueden desistir de este contrato ni conforme a las disposiciones sobre contratos de suministro a plazos ni como un negocio de pago parcial. A esta decisión del Tribunal Federal de Justicia (Az. VII ZR 183/04) hace referencia la fuente Bausparkasse. Con su decisión, el BGH anuló una sentencia del Tribunal Superior de Koblenz (Az. 8 U 106/04), que había establecido un plazo de desistimiento de 14 días en contratos de pago a plazos. En el caso se acordó en el contrato que el cinco por ciento del precio total se pagaría al hacer el pedido, el 80 por ciento tras la primera fase de construcción y el 15 por ciento restante tras la entrega de la casa. Sin embargo, tras la celebración del contrato, los compradores constataron que debían pagar de forma adicional por algunos servicios y, después de una semana, desistieron del contrato de compra. El proveedor de la casa reclamó el 15 por ciento del coste total como indemnización por daños. Los jueces del BGH dejaron claro ahora que se trataba de un "contrato de obra" y no de un negocio de pago parcial. Por ello, el BGH no encontró motivo para un derecho de desistimiento, anuló la sentencia de Koblenz y devolvió el caso al tribunal superior. Fuente: “Die Welt” del 08.04.2006
 

6Richtige

26.11.2010 00:54:27
  • #5
Para Madonna se aplica lo que está en negrita, ¿qué consorcio empresarial habrá hecho valer este fallo?

La demandante, una empresa de construcción de Hunsrück, había celebrado con los demandados, que eran consumidores, un contrato de obra para la entrega y construcción de una casa prefabricada. En las condiciones contractuales de la empresa se estipulaba que la empresa podía exigir una indemnización fija del 15% del precio total si el promotor rescindía libremente el contrato, salvo que el promotor demostrara que el daño sufrido por la empresa era menor que esta indemnización del 15%. Además, a los promotores demandados se les concedió, al firmar el contrato, un derecho de desistimiento en caso de que la financiación de su proyecto de construcción fallara.

Antes del inicio de la construcción, los demandados declararon la rescisión del contrato. Hicieron construir su casa por otro contratista.

La demandante exigió entonces a los demandados el pago de la indemnización contractual del 15% del precio de la obra.

La decisión
El tribunal regional de Trier dio la razón a la demanda. La apelación de los demandados fue desestimada ahora por sentencia del Tribunal Regional Superior de Koblenz del 27.08.2010 (Az. 8 U 1030/09).

El Tribunal Regional Superior de Koblenz llegó a la conclusión de que no se daban las condiciones para que los demandados pudieran hacer uso del derecho de desistimiento que se les había concedido. La financiación del proyecto de construcción era posible. Por tanto, la declaración de desistimiento debe considerarse como una rescisión libre del contrato por parte de los demandados.

En caso de esta llamada rescisión libre por parte del contratante según el artículo 649 del Código de Construcción, el promotor sigue obligado a pagar la remuneración pactada al empresario. Sin embargo, el empresario debe deducir de su derecho a la remuneración lo que ahorró por la terminación anticipada del contrato, lo que obtuvo por otros medios o lo que maliciosamente dejó de obtener.

Este derecho a la remuneración puede establecerse en condiciones generales en forma de suma fija. Para cumplir con los requisitos legales de las condiciones generales, la cláusula contractual debe indicar, entre otras cosas, que se permite al promotor demostrar que no se ha producido ningún daño o que el derecho del empresario conforme al artículo 649 del Código de Construcción no ha surgido en absoluto.

El Tribunal Regional Superior de Koblenz consideró que la indicación de la posibilidad de probar un daño menor que la suma fija cumplía con estos requisitos. Un "daño menor" incluye también uno de "cero".

Además, según la decisión del Tribunal Regional Superior de Koblenz, la suma fija del 15% del precio total no es desproporcionada. Desde un punto de vista típico se aprecia que la suma fija no se aparta injustificadamente de lo que el empresario podría reclamar en aplicación del derecho a la remuneración legal según el artículo 649 del Código de Construcción en caso de rescisión por parte del promotor. Esto incluye, además de los costes de personal y materiales relacionados con el contrato ya efectuados por el empresario, también su beneficio calculado.

Dado que la jurisprudencia de los tribunales superiores no es uniforme en esta cuestión, el Tribunal Regional Superior de Koblenz admitió la revisión ante el Tribunal Federal de Justicia.

Conclusión: La posibilidad que la ley otorga al promotor de rescindir en cualquier momento un contrato de obra concluido puede ser especialmente atractiva en los casos en que la realización del proyecto con otra empresa ofrezca ventajas financieras. Sin embargo, las consecuencias de ejercer el derecho de rescisión pueden ser graves y consumir la ventaja financiera esperada o convertirse en desventajas financieras.
 

BauLine

26.11.2010 01:01:59
  • #6


Hola Madonna

Esto definitivamente no es suficiente...

No conozco el texto exacto del acuerdo... pero si fuera algo parecido a... "el contrato será válido al presentar una aprobación bancaria... o la viabilidad financiera... el cliente tiene derecho a retirarse gratuitamente hasta el 31.12..." entonces es muy posible lograr una resolución del contrato aquí (si la empresa no te confirma esto en los ya mencionados 14 días, entonces tienes suerte y rechazas una confirmación del contrato que llegue tarde...) ...De lo contrario deberías:

Hablar inmediatamente con tu madre, aclarar la situación... Ella seguramente te confirmará que no obtendrás el terreno...
Debes ir al banco principal, ellos deben (seguramente lo harán si más adelante quieren financiar el proyecto de construcción...) confirmarte por escrito brevemente que no es posible una financiación hipotecaria! ¿Cómo podría ser posible si no tienes un terreno para construir? Esto es más un asunto interno del banco, pero oficial hacia afuera.

Esta carta del banco la envías adjunta a la cancelación del contrato, basada en el derecho de desistimiento gratuito, a la empresa y pides confirmación de la resolución del contrato. Debería funcionar exactamente así.

Pero como mencioné, no conozco el texto original exacto... pero la mayoría de las empresas usan esos textos mencionados para captar clientes en el mercado... lo cual contigo funcionó de maravilla.
 

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