1) Yvonne tiene razón. Es vinculante. 2) ¿Quién controla eso? Por lo general, nadie. A menos que un vecino se queje. Entonces, por supuesto, tienen que actuar. 3) ----¿y qué pasaría entonces? En el peor de los casos, exigencia de demolición. O una pequeña multa. O un requerimiento para la aprobación retroactiva del hecho, si solo se trata de cosas insignificantes. Ejemplo: el señor S. tiene un terreno de 600 m² y un coeficiente de ocupación del suelo de 0,25, por lo que tiene derecho a construir 150 m². La casa mide 10 por 13, es decir, 130 m². Para la terraza y la entrada no es suficiente, ya que quedan solo 20 m². Deciden solicitar una terraza de 20 m² y presentar el resto como una superficie de grava hidráulica. El camino a la puerta principal está obstruido por el exceso permitido del coeficiente de ocupación. El señor S. ahora no se preocupa en absoluto por el asunto, asfaltó generosamente la entrada, hizo una gran terraza de adoquines de hormigón en hormigón magro. Y un camino ancho hacia la puerta principal igualmente. Está lloviendo a cántaros. Del terreno del señor S. corre agua a cántaros hacia el vecino. Las plantas de este se están lavando. Etc. El vecino habla con S. S. no entiende nada, ¿qué me importan sus arbustos? Entonces, el vecino se enoja - y ahora puede haber problemas con la oficina de construcción, porque el vecino dice no, no voy a permitir esto. Concretamente, en nuestra zona ya ha habido un caso en el que la oficina de construcción prohibió el adoquinado excesivo porque un vecino se quejó. Karsten