Construir en una zona ya edificada sin plan de ordenación: Trámite más largo, ya que se aplica el §34.
Construir en una zona con plan de ordenación o en una zona nueva con plan de ordenación: Si se cumple el plan de ordenación, generalmente se resuelve en 4 semanas.
Aquí en SH: primero revisa la ciudad/el municipio/la oficina a la que pertenece el municipio. Si se conoce al gestor allí, se entrega ahí, él hojea, pregunta si es necesario, pone el sello, luego pasa al distrito, donde prácticamente se aprueba enseguida. Karsten