Rosmarin
08.11.2019 09:57:14
- #1
Hola a todos,
¿Alguien de ustedes ya tiene experiencia con el tema del derecho de paso forzoso, especialmente en lo que respecta a sentencias o jurisprudencia?
El trasfondo es el siguiente:
Por mi propiedad pasa una calle privada que pertenece en partes iguales a 3 partes (flechas verdes).
En un terreno ubicado detrás, que antes se usaba como jardín, una cooperativa de vivienda (WBG) planea construir un edificio de viviendas plurifamiliares (cuadro negro, edificio plurifamiliar planeado).
Este terreno no tiene acceso directo ni entrada desde una vía pública.
No hay registrado ningún derecho de paso peatonal ni vehicular.
Los anteriores propietarios (hace más de 20 años) podían acceder al terreno superior con maquinaria agrícola a través de un acuerdo verbal usando la calle privada.
Atención: y es a través del acceso existente (solo transitado por tractores) marcado en amarillo.
Ahora el problema real:
Más temprano que tarde, la WBG solicitará e incluso podría demandar un derecho de paso forzoso.
En los planos de la WBG se puede ver que se planea una entrada a un garaje subterráneo y varias plazas de estacionamiento en superficie (marcado en naranja).
Pero estos no se alcanzan por el camino directo (flechas verdes hacia el acceso amarillo existente), sino solo a través del patio (flechas naranja).
Un derecho de paso forzoso deberá aceptarse a regañadientes.
Pero no quiero aceptar que más de 8 autos circulen diariamente por todo el patio, y que por ello ya no podamos usarlo para nuestros espacios de estacionamiento o para la vegetación.
¿Alguien tiene experiencia sobre si se puede insistir en el camino directo del derecho de paso forzoso?
¿Tiene sentido en caso de ser necesario aceptar una demanda?
Las disposiciones legales en el Código de Construcción son lamentablemente muy vagas:
Código Civil (Código de Construcción)
§ 917 Derecho de paso forzoso
(1) Si a un terreno le falta la conexión necesaria para un uso adecuado con un camino público, el propietario puede exigir a los vecinos que, hasta que se corrija esta falta, permitan el uso de sus propiedades para establecer la conexión necesaria. La dirección del camino forzoso y el alcance del derecho de uso se determinarán, si es necesario, mediante sentencia.
(2) Los vecinos cuyos terrenos son atravesados por el camino forzoso deben ser compensados mediante una renta en dinero. Las disposiciones del § 912 apartado 2 oración 2 y §§ 913, 914, 916 se aplican en consecuencia.
"hasta que se corrija la falta..."
Si nunca se planea una conexión con la calle pública, la falta nunca se corregirá.
Agradezco todos los consejos.

¿Alguien de ustedes ya tiene experiencia con el tema del derecho de paso forzoso, especialmente en lo que respecta a sentencias o jurisprudencia?
El trasfondo es el siguiente:
Por mi propiedad pasa una calle privada que pertenece en partes iguales a 3 partes (flechas verdes).
En un terreno ubicado detrás, que antes se usaba como jardín, una cooperativa de vivienda (WBG) planea construir un edificio de viviendas plurifamiliares (cuadro negro, edificio plurifamiliar planeado).
Este terreno no tiene acceso directo ni entrada desde una vía pública.
No hay registrado ningún derecho de paso peatonal ni vehicular.
Los anteriores propietarios (hace más de 20 años) podían acceder al terreno superior con maquinaria agrícola a través de un acuerdo verbal usando la calle privada.
Atención: y es a través del acceso existente (solo transitado por tractores) marcado en amarillo.
Ahora el problema real:
Más temprano que tarde, la WBG solicitará e incluso podría demandar un derecho de paso forzoso.
En los planos de la WBG se puede ver que se planea una entrada a un garaje subterráneo y varias plazas de estacionamiento en superficie (marcado en naranja).
Pero estos no se alcanzan por el camino directo (flechas verdes hacia el acceso amarillo existente), sino solo a través del patio (flechas naranja).
Un derecho de paso forzoso deberá aceptarse a regañadientes.
Pero no quiero aceptar que más de 8 autos circulen diariamente por todo el patio, y que por ello ya no podamos usarlo para nuestros espacios de estacionamiento o para la vegetación.
¿Alguien tiene experiencia sobre si se puede insistir en el camino directo del derecho de paso forzoso?
¿Tiene sentido en caso de ser necesario aceptar una demanda?
Las disposiciones legales en el Código de Construcción son lamentablemente muy vagas:
Código Civil (Código de Construcción)
§ 917 Derecho de paso forzoso
(1) Si a un terreno le falta la conexión necesaria para un uso adecuado con un camino público, el propietario puede exigir a los vecinos que, hasta que se corrija esta falta, permitan el uso de sus propiedades para establecer la conexión necesaria. La dirección del camino forzoso y el alcance del derecho de uso se determinarán, si es necesario, mediante sentencia.
(2) Los vecinos cuyos terrenos son atravesados por el camino forzoso deben ser compensados mediante una renta en dinero. Las disposiciones del § 912 apartado 2 oración 2 y §§ 913, 914, 916 se aplican en consecuencia.
"hasta que se corrija la falta..."
Si nunca se planea una conexión con la calle pública, la falta nunca se corregirá.
Agradezco todos los consejos.