nordanney
10.02.2025 15:53:42
- #1
No. Tienes una fecha fijada en el contrato
Primero me gustaría saber si es un contrato con un promotor inmobiliario (que incluye la normativa sobre agentes inmobiliarios y promotores = compras el terreno y la casa como paquete del promotor) o un contrato de construcción para consumidores (mandas a una empresa a construir una casa en un terreno que es de tu propiedad).
Para ambos contratos está legalmente establecido que el promotor o la empresa constructora te deben una indemnización por daños y perjuicios a partir del momento acordado contractualmente. Este derecho no se puede discutir ni eliminar. Como mucho, si hay retrasos que el promotor o la empresa no han causado, se puede hablar de un aplazamiento de la fecha fija. Pero para ello debes recibir una notificación indicando que por tales o cuales razones se produce el aplazamiento.
Al principio puedes reclamar todo
Según lo expuesto, no se reclama "todo", sino únicamente la indemnización por daños que corresponde por ley.
Contrato de construcción para consumidores:
Código de Construcción 650k apartado 3 como base para la fecha de finalización
==> si hay una fecha fija, ni siquiera es necesaria una advertencia, porque la empresa constructora automáticamente está en mora
El Código de Construcción 280 junto con 286 regula el derecho a indemnización en este caso (no es necesaria una advertencia)
Para quien tenga ganas de leer...
Explicación explícita del Servicio Científico del Bundestag Alemán en el marco del 650er.