¿Puede una empresa de construcción aumentar los costos repentinamente a pesar de una condición suspensiva?

  • Erstellt am 15.12.2024 20:05:07

withoutsugar

15.12.2024 20:05:07
  • #1
Hola querido foro de construcción de casas,

nuevos aquí registrados, estamos un poco desesperados, buscando una evaluación de la siguiente situación o experiencias:

Mi esposo y yo estamos planeando construir una casa. Está previsto hacer el sótano por cuenta propia, luego la casa para terminar (paredes, ventanas, techo) por la empresa constructora y finalmente el acabado interior por cuenta propia.


    [*]El contrato de la casa fue firmado el 20.07.2023. Necesitábamos el contrato para solicitar un crédito familiar en la L-Bank. La empresa constructora nos hizo una oferta aparentemente atractiva y usa los precios de 2022 (esto también está así en el pliego de condiciones). Esto fue, por supuesto, también una razón por la que al final nos decidimos por ellos.
    [*]El contrato contiene una condición suspensiva que está ligada al crédito. Significa: tan pronto como los fondos públicos sean aprobados, el contrato será vinculante.
    [*]Nuestro proyecto de construcción ha estado marcado hasta ahora por muchos contratiempos y largas esperas, de modo que recién este año, el 29.07.2024, firmamos los contratos del crédito principal.
    [*]Hemos estado en contacto frecuente con la empresa desde la primavera, visitándolos varias veces y teniendo diversas citas para finalmente avanzar y cerrar nuestro proyecto de construcción. Ahora, el 6.12.2024 recibimos un correo electrónico de la empresa con un ajuste en nuestra suma de compra.
    [*]El aumento porcentual de los precios de 2022 a 2024 es de casi un 16%.
    [*]Como referencia quieren ahora tomar la cálculo de 2023, donde estamos en un 14% (los 2% hasta 2024 los aceptan).
    [*]La empresa nos ofreció en 2023 una casa que ya no era rentable al momento de firmar (+14%).
    [*]Los 14% ahora exigidos los reducen en un 5%. Al final, quieren un 9%. Desde su punto de vista, los 12 meses ya han pasado.

Estamos de la opinión de que los 12 meses comenzaron a finales de julio de este año y que no tenemos que atender ningún requerimiento.

En nuestro contrato está la frase: „Garantía de precio fijo 12 meses desde la confirmación del contrato“.
Prácticamente nunca recibimos una confirmación real, hemos estado trabajando continuamente juntos y para nosotros el contrato se activaría con el crédito de la L-Bank. ¿Es esto un deseo y podemos insistir en nuestro derecho a que en realidad no tenemos que ceder nada a la empresa o estamos pasando algo por alto?

Muchas gracias por una valoración
 

WingVII

15.12.2024 20:28:38
  • #2
Esto probablemente será difícil de juzgar aquí si no está disponible el texto exacto del contrato. Si no quieres pagar el dinero, tal vez deberías invertir algunos euros en un asesoramiento legal si no estás seguro.
 

nordanney

15.12.2024 21:10:17
  • #3
Opinión de un no experto: Habéis recibido un contrato firmado por ambas partes = confirmación del contrato. Tema cerrado. Aunque para vosotros sea molesto, no se puede firmar en 2023 un contrato con garantía de precio por 12 meses y asumir que dicha garantía en realidad dura 24 meses o más. Id al abogado. No vivimos del texto del contrato ni de la comunicación escrita de los últimos 1,5 años.
 

ypg

15.12.2024 22:16:52
  • #4
Estoy de acuerdo con la opinión de (aunque también soy profano) pero también debo mencionar:


Eso no es el texto literal del contrato. El contrato también debía haber sido válido legalmente en 2023, pero, en caso de que el banco no concediera el crédito, pudisteis desistir gratuitamente (entre otras cosas, también un punto de un contrato legalmente válido).
La confirmación del contrato es prácticamente la firma de ambas partes más las dos semanas para desistir. Y esta confirmación es prácticamente tácita (no conozco la palabra correcta).

Si el contrato no hubiera sido válido legalmente desde 2023, entonces el contratista podría teóricamente haber cambiado todo en vuestra contra.

Sobre si y cuándo el contrato fue confirmado, los abogados pueden discutir durante varios meses, aunque ahora ya es seguro, sin que vosotros tengáis la certeza de que obtendréis la razón. Lo que suceda mientras tanto respecto a precios y préstamos, no te atreves a imaginar.
Finalmente, también hay que mencionar: quien firma un contrato con un precio de dumping, debe asumir su propia culpa. Así dicen al menos en ofertas online que están un 20% por debajo del precio de mercado.

Parece que con vosotros todo está muy ajustado. ¿Nunca contasteis con que los precios subirían?
Si ahora en algún momento presentarais la solicitud de construcción, la obra comenzaría en mayo/junio. Y la subida os afectará de todas formas.
 

nordanney

15.12.2024 22:47:51
  • #5
P.D. Un contrato con condiciones es legalmente válido ya con la firma. Eso lo aprendí durante dos semestres de derecho en mis estudios de administración de empresas. Al menos no pueden alegar que el contrato solo se volvió legalmente válido con los contratos bancarios.
 

11ant

15.12.2024 22:50:39
  • #6
Para un abogado ya es demasiado tarde, vuestros errores ya están cometidos desde hace tiempo. La condición suspensiva no pospone también los aumentos de precios, el contrato se activó de manera tácita mediante la correspondencia intermedia, por lo que los 12 meses solo corren hasta el próximo verano (sin embargo, la casa no estará todavía "terminada" en el sentido del alcance de la entrega). Ahora el fabricante quiere un aumento de precio del 9% y podrá exigirlo. Podéis pedir la resolución (es decir, el objeto del contrato en una casa un 8,3% más pequeña al precio antiguo, el sótano aún no lo habéis construido y el permiso de construcción todavía está pendiente).
 

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