moep123
29.12.2019 09:24:24
- #1
Hola a todos,
nos estamos informando actualmente sobre contratos de ahorro para vivienda y estábamos a punto de firmar uno de estos. Nos llamó la atención este aviso de la caja de ahorro para vivienda (en este caso LBS, también lo he visto en ofertas correspondientes de BHW), en las condiciones generales:
Si el ahorrador para vivienda no ha pagado en el año calendario anterior la suma de las aportaciones regulares en su totalidad, la caja de ahorro para vivienda puede exigir al ahorrador por escrito con un plazo de 3 meses que abone la cantidad diferencial correspondiente. La reclamación no debe superar la diferencia de las aportaciones regulares que debían pagarse desde el inicio del contrato, menos los pagos de ahorro realmente efectuados (aportaciones regulares y pagos extraordinarios). Si el ahorrador no cumple con esta exigencia, la caja de ahorro para vivienda puede rescindir el contrato conforme al § 14 apartado 5a).
Desde el principio se acordaron 600 € mensuales para alcanzar en 15 años aproximadamente 225.000 €. Pagar menos o más debería ser posible en cualquier momento sin problemas. El importe de la aportación regular — del que hasta entonces no se había hablado — es de 916 €. No corresponde necesariamente a la flexibilidad alabada en las consultas que la caja de ahorro pueda decir en cualquier momento "ahora ya no más". Imagínense eso después de 10 años, si en verdad solo se han pagado 600 € mensuales... Esto no es serio, ¿verdad?
nos estamos informando actualmente sobre contratos de ahorro para vivienda y estábamos a punto de firmar uno de estos. Nos llamó la atención este aviso de la caja de ahorro para vivienda (en este caso LBS, también lo he visto en ofertas correspondientes de BHW), en las condiciones generales:
Si el ahorrador para vivienda no ha pagado en el año calendario anterior la suma de las aportaciones regulares en su totalidad, la caja de ahorro para vivienda puede exigir al ahorrador por escrito con un plazo de 3 meses que abone la cantidad diferencial correspondiente. La reclamación no debe superar la diferencia de las aportaciones regulares que debían pagarse desde el inicio del contrato, menos los pagos de ahorro realmente efectuados (aportaciones regulares y pagos extraordinarios). Si el ahorrador no cumple con esta exigencia, la caja de ahorro para vivienda puede rescindir el contrato conforme al § 14 apartado 5a).
Desde el principio se acordaron 600 € mensuales para alcanzar en 15 años aproximadamente 225.000 €. Pagar menos o más debería ser posible en cualquier momento sin problemas. El importe de la aportación regular — del que hasta entonces no se había hablado — es de 916 €. No corresponde necesariamente a la flexibilidad alabada en las consultas que la caja de ahorro pueda decir en cualquier momento "ahora ya no más". Imagínense eso después de 10 años, si en verdad solo se han pagado 600 € mensuales... Esto no es serio, ¿verdad?