Seguro que ahora tienen otros problemas que tus 200 euros ...
Ellos ya no tienen
ningún problema en cuanto el administrador concursal toma el control. Simplificando, su directriz es esta: donde la empresa es acreedora, recaudar lo que se pueda; y donde la empresa es deudora, disputar todo primero, incluidas las contrademandas legítimas.
Ejemplo: la empresa le debe al cliente 300 euros, el cliente le debe a la empresa 200 euros, entonces es así:
El cliente piensa: 200 menos 300, entonces no necesito pagarles y además recibo 100 de ellos;
El administrador concursal exige los 200, que quiere recibir completos. De eso primero se paga a sí mismo - digamos que su honorario por la administración concursal sería, prorrateado a esos ingresos, 40, los restantes 160 van al patrimonio concursal. Supongamos que el patrimonio concursal suma en total cuatro millones, y la suma de las reclamaciones de los acreedores asciende a veinte millones. Y seguimos suponiendo que la contrademanda del cliente es reconocida en su totalidad.
Entonces el cálculo es el siguiente: el cliente paga a la empresa 200, de los cuales el administrador toma 40, sólo los restantes 160 están disponibles para la contrademanda; él satisface la contrademanda con 300 x 4:20 = 60. En balance, el cliente ha pagado 200-60=140 en lugar de recibir, según su cálculo, 200-300=100.
La regla de prioridad es desgraciadamente clara: la ley antes que la razón, y por eso de un cálculo sencillo "ellos me deben más de lo que yo les debo, así que recibo algo" se pasa a un cálculo real "ellos tienen menos de lo que deben a todos, así que yo igual pierdo" :-(