herann
22.01.2016 10:25:01
- #1
Gracias, eso ya nos ayuda un poco :-)
¿Quiere decir que también podríamos fijar un 2% en el contrato y en caso de emergencia bajar al 1%?
Entonces, la diferencia entre empezar con un 2% y en caso necesario bajar al 1%, y empezar con un 1% y subir inmediatamente al 2%, no es tan grande, es decir, en cuanto al procedimiento. La única diferencia sería que al principio tendríamos que solicitar un cambio en la amortización de inmediato. ¿O estoy pasando algo por alto?
¿Quiere decir que también podríamos fijar un 2% en el contrato y en caso de emergencia bajar al 1%?
Entonces, la diferencia entre empezar con un 2% y en caso necesario bajar al 1%, y empezar con un 1% y subir inmediatamente al 2%, no es tan grande, es decir, en cuanto al procedimiento. La única diferencia sería que al principio tendríamos que solicitar un cambio en la amortización de inmediato. ¿O estoy pasando algo por alto?