Cancelación del seguro de vida - el banco rechaza la aprobación

  • Erstellt am 23.07.2015 21:01:02

ypg

24.07.2015 12:14:14
  • #1
Pero contigo hay que ir sacando toda la información Peu a Peu. Espero que al menos en las conversaciones juegues con cartas abiertas y menciones la falta de liquidez por desempleo. Entonces hasta la terquedad de algunos empleados bancarios puede cambiar si se menciona la razón honesta del proceder.
 

toxicmolotof

24.07.2015 12:27:16
  • #2
Huevo de Colón encontrado. Siguiente tema.
 

Maskulinus

24.07.2015 14:09:39
  • #3
Primero que nada:
Muchas gracias de verdad por la activa participación y las respuestas.
Ese es el sentido de un foro - el que pregunta (desconocedor) pregunta - los miembros (conocedores) responden. Si uno ya lo supiera, no preguntaría.
Yo mismo participo en algunos foros en temas que conozco bien. Ahí también procedo igual: responder con paciencia, y si siento que me faltan detalles para una evaluación correcta, incluso pregunto directamente. Funciona.

Ahora sobre mi tema:
¿Cómo se puede llegar con las respuestas dadas hasta ahora a la conclusión de que el tema está resuelto? (Descubierto el huevo de Colón)
¿Por qué se me insinúa de forma latente que no juego con las cartas sobre la mesa?
Ya pregunté antes: ¿Qué ganaría con eso?

Había escrito sobre el desempleo de mi esposa. Yo no estoy desempleado. Mis ingresos son buenos y alcanzan bien para todas las cosas de la vida diaria. Había escrito que se pondría difícil. No quiero restringir mi nivel de vida, especialmente si a cambio, con la promesa del banco, todo estaría bien.
Por supuesto que, igual que aquí, también jugué con cartas abiertas con el banco y le expliqué eso al empleado bancario. A este no le interesaba el cambio en la situación vital (desempleo de la esposa). Mi esposa no había firmado el contrato del préstamo. Hasta ahora, he pagado todas las obligaciones puntualmente. Si eso ya no fuera así, iniciarían un procedimiento de reclamación y luego pensarían en hacer uso de las garantías existentes. Sí, también me sorprendió.

De las respuestas anteriores he podido deducir:
Sí, el banco debería hacerlo en teoría.
¿Por qué no lo haría el banco?
En realidad, no hay nada en contra.
No, no está obligado, pero ¿por qué debería negarse?

Lo que esperaba encontrar era una respuesta en la dirección de:

No, el banco no está obligado y está en su derecho. Olvídalo. Sin oportunidad.

O bien:

El banco no puede bloquearte un 188 %. Existe tal o cual texto legal o fallo judicial que lo considera una desventaja desproporcionada para el prestatario.

O bien:

Lo siento. Nosotros vemos esto parecido a ti. No habría nada en contra, pero no sabemos si el banco debe consentirlo o no.

Todo estaría bien, aunque la variante 2 me gusta más.

Pero en este momento estoy casi tan perdido como al principio. Inseguro y confundido porque todavía no sé si mi consideración moral y mi intuición tienen alguna base legal.
¿Realmente el banco podría (si llegara a ese punto) obligarme a un procedimiento de reclamación, aunque en realidad haya suficiente dinero?

Gracias de nuevo por vuestra paciencia conmigo.
 

toxicmolotof

24.07.2015 14:35:04
  • #4
Como respondo desde el móvil, la respuesta (al igual que mi último comentario) puede ser breve y no reflejar todos los aspectos en su totalidad.

Analíticamente es simple. Pacta sunt servanda, los contratos deben cumplirse.

¿Existen excepciones/leyes que permitan a una parte contractual abandonar unilateralmente el contrato en contra del acuerdo contractual?
Sí, existen, pero no aplican con la información dada.

¿Hay información importante que pueda hacer que un banco reaccione de manera diferente a la habitual?
Sí, la hubo, pero se comunicó poco a poco.

A los banqueros (todavía mayormente comerciantes) no les gusta que se les oculten informaciones, ni positivas ni negativas. Estas podrían llevar a un resultado diferente si se conocen en su totalidad.

Al inicio estaba la pregunta de si era correcto desde un punto de vista profesional. Y la respuesta es: Sí, es correcto profesionalmente. ¿Por qué entonces hacer algo diferente?

Actualmente solo veo a alguien que intenta imponer su supuesto beneficio propio (habría que revisar si realmente es así) a costa del banco (costos de administración, trabajo adicional), sin tener una base para ello.

Y la respuesta decisiva: No, el banco no está obligado y está en su derecho.

La garantía es de hecho mayor de lo necesario, pero existen dos componentes importantes que te vinculan.

1) Probablemente tienes condiciones de interés basadas en una garantía inmobiliaria. Quizás incluso un banco especializado en bonos hipotecarios, que se financia de esa manera. Por lo tanto, para la condición, la garantía de la casa es indispensable.

2) Acuerdo de devolución mediante la acumulación de una póliza de seguro de vida. Por lo tanto, esta tampoco puede ser cancelada.

Lo único que, además de suspender el pago de las primas, podría tener éxito sería la cancelación de un seguro de vida, sin amortizar el crédito, siempre que en el segundo seguro de vida haya suficiente capital garantizado.

Pero también aquí es válido: el banco no está obligado, pacta sunt servanda. Etc...
 

Musketier

24.07.2015 14:36:30
  • #5
No creo que vayas a recibir una respuesta clara a tu pregunta, ya que es un caso poco común.

1. Aquí no es posible recibir asesoramiento legal y tampoco obtendrás una respuesta jurídicamente segura.
2. Aunque aquí haya algunos banqueros, la mayoría también son solo promotores que pueden compartir su experiencia personal.
3. Has firmado el contrato y estás obligado (al igual que el banco) a cumplirlo. Esto no solo incluye el préstamo, sino también las garantías.
4. Un banco está dispuesto a hacer excepciones al contrato bajo ciertas circunstancias, si se es sincero. Especialmente en tu caso (si se ha descrito correctamente), al banco no le costaría nada liberar la LV 2. Lo más importante para ellos es que reciban tanto sus intereses como el reembolso.

PD: Toxic fue más rápido
 

Maskulinus

24.07.2015 14:50:44
  • #6
Genial. Gracias de nuevo por vuestras respuestas.

Asesoramiento legal solo lo hay con un abogado o en el servicio de atención al consumidor (también a través de un abogado), por eso no lo esperaba, sino solo consejos y sugerencias.

La primera frase de mi publicación inicial:
"Me interesa la valoración profesional del siguiente caso:"

A veces también hay experiencias similares.

Gracias a todos vosotros.
 

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