Derecho especial de cancelación según el § 489 del Código de Construcción - Reembolsos

  • Erstellt am 08.03.2022 09:44:57

Benutzer19

08.03.2022 09:44:57
  • #1
Moin,

ya sé que aquí no hay asesoramiento legal. Solo quiero recopilar sus opiniones experimentadas.
Mi banco financiador actual me informó el año pasado y a principios de este año, a través de nuestro asesor bancario, que podíamos cancelar nuestra financiación actual para 11/2024 (10 años + 6 meses). Le pedí que me dijera la fecha exacta de cancelación y en enero contacté con otros bancos para una financiación de seguimiento.
Ahora mi banco actual se ha puesto en contacto después de más de 6 semanas y me dice que puedo cancelar para 08/2025.
¿Qué pasó? El banco en 05/2014 pagó el préstamo completamente a un banco previo que financió inicialmente. Este aparentemente devolvió el dinero (nunca recibimos documentos al respecto) y el banco actual pagó de nuevo el préstamo en 02/2015. Ahora mi banco dice que la última vez que se pagó fue en 02/2015, por lo que puedo cancelar para 08/2025.
¿Creen que esto es legal? El §489 dice después del pago completo y eso fue en 05/2014, sin importar si fue un error por parte del banco o no.
Además, nuestro asesor bancario nos nombró varias veces también la fecha 05/2014.

Normalmente casi no me importaría, simplemente ocho meses más tarde. Si las tasas de interés no hubieran subido dramáticamente desde mediados de enero y en lugar del 0,9% ahora tuviéramos un 1,65%. ¡Daño de aproximadamente 5000 €!

He presentado una queja y estoy considerando consultar inmediatamente con un abogado.
 

Benutzer200

08.03.2022 09:48:43
  • #2
Opinión de un legos: ¿Cuándo se realizó el pago completo correcto? En 02/2015. Entonces a partir de entonces 10+6 hasta la reestructuración de la deuda. ¿Por qué? Mediante la devolución, el préstamo se presenta como si nunca se hubiera realizado ningún pago. Tampoco habéis pagado intereses ni nada parecido.

Lo siento, pero seguiría la argumentación del banco.
 

Benutzer19

08.03.2022 16:12:21
  • #3

Gracias y no se trata de que quiera obtener una confirmación, sino de verdad de vuestras opiniones. Con esto espero tener más claro cómo puedo proceder si el banco rechaza mi queja.
 

Benutzer19

09.03.2022 10:36:33
  • #4
Qué pena, ¿nadie más tiene una opinión?
 

face26

09.03.2022 10:47:06
  • #5
También es solo una opinión, para mí el pago total fue en 02/2015. Eso debería haberos llamado la atención al revisar los extractos bancarios, ya que teníais la prefinanciación hasta esa fecha en el otro banco y, por lo tanto, habíais pagado intereses durante ese tiempo.
Por mi comprensión, por lo tanto, el pago total fue en 02/2015.
Si alguien puede sacar provecho de esto más adelante, no tengo ni idea. Por qué se devolvió el dinero y quién cometió un error en aquel entonces... La verdad es que el banco que finalmente financió no había realizado el pago total hasta 02/15.
 

Hyponex

09.03.2022 22:03:14
  • #6
Buenas noches,

entonces las preguntas:

¿tenéis algo por escrito del asesor:
es decir, esta afirmación:
"nuestro asesor bancario nos comunicó que podemos cancelar nuestra financiación actual en 11/2024 (10 años + 6 meses)"
(¿les llamó? ¿o tienen algo por escrito como carta? ¿correo?)

Ustedes tienen el extracto bancario del año 2014 (extracto anual)
¿cómo aparece la operación ahí?
¿dinero salió y volvió directamente (1-2 días)? (no se generaron intereses)

¿o fue por más tiempo y pagaron intereses?

para poder valorar mejor
parece que el banco quería hacer el pago completo en 05/2014, pero el pago NO llegó al banco "financiador previo" y probablemente recibieron la notificación de que la "pre-financiación solo podía ser cancelada en 02/2015"
así que no sería error del banco, sino más bien del banco que hizo la "pre-financiación"... y aquí surge otra pregunta, ¿se respetaron los plazos de cancelación? (¡como indicación!)

y para conseguir mejores intereses también se podría haber cerrado un Forward en diciembre, si era para 11/2024 o para 08/2025 (la prima del Forward entre ambas fechas debería ser del 0,15%) o sea, mirar exactamente el extracto anual de 2014 o pedir al banco algo por escrito sobre cuándo se puede cancelar.

como dije, aunque es muy molesto, personalmente no veo ningún error del banco financiador si no se sabe exactamente por qué el pago real se efectuó mucho más tarde...

¿no se dieron cuenta en 2014 de que no pagaron intereses/cuota por más de medio año?
 

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